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EL AYUNTAMIENTO NO TENDRÁ QUE ABONAR A ASCAN, DE FORMA INMEDIATA, LOS 5,1 MILLONES DE EUROS DE LA SENTENCIA QUE LE CONDENABA

Nueva oficina Ascan Juan de la Cosa 7 (2)

5 MAYO 2017 /

El juez del Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander, Luis Acayro Sánchez, ha emitido un auto en que rechaza la solicitud de la empresa Ascan (encargada del servicio de aguas en Castro) en la que reclamaba al Ayuntamiento el pago de 5,1 millones de euros, más intereses, en concepto de ejecución provisional de una sentencia, que está recurrida ante el Supremo, y en la que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) condenó al Consistorio por un desequilibrio económico en el servicio entre los años 2007 y 2013.

En el auto se relata cómo Ascan defiende que “el Ayuntamiento tiene asegurado un flujo de ingresos continuo y sostenido en el tiempo que le permite proceder de forma inmediata a la ejecución de la sentencia”.

Por contra, el Consistorio alega que el abono de esta indemnización de manera provisional “ocasionaría situaciones irreversibles y perjuicios irreparables, tanto para su funcionamiento ordinario como para los servicios básicos y obligatorios que le competen, e imponer el pago inmediato de tal cantidad sería inviable con los recursos existentes”.

Para corroborar estas afirmaciones, y así lo apunta el juez en su auto, el Ayuntamiento adjunta varios informes del interventor, en los que indica que a lo máximo que se podría hacer frente es a la cantidad estimada de 3.648.120 euros, acudiendo a los remanentes de tesorería de los años 2015 y 2016. No obstante, esos documentos señalan que, “a día de hoy, aún no se ha aprobado la liquidación del presupuesto de 2016 por lo que es una operación estimada. De aplicarse dichas cantidades al pago de la ejecución provisional de la sentencia, se privaría al Ayuntamiento de la liquidez imprescindible para el funcionamiento diario”.

Con todo, el Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander considera que la ejecución provisional de la sentencia puede ocasionar una situación de “perjuicio muy grave” al normal funcionamiento del Ayuntamiento y, “por razones de prudencia y proporcionalidad”, desestima dicha ejecución. Entre otras cosas, las partes están emplazadas desde el pasado 15 de febrero ante el Tribunal Supremo, lo que supone que, atendiendo a los plazos estimados para estos casos, “el recurso de casación estará resuelto en poco tiempo”.

En segundo lugar, el juez justifica su negativa a aceptar la solicitud de Ascan porque de los informes aportados se desprende que la ejecución provisional conllevaría al “bloqueo del funcionamiento” diario del Ayuntamiento y ocasionaría un “perjuicio evidente, grave e irreparable a los ciudadanos”.

En el siguiente enlace se puede consultar el auto al completo:

000055_2017-AUTO+resolviendo+ejecución+provisional

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