El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha absuelto al médico del Centro Asistencial La Loma del delito contra la integridad moral en concurso con un delito leve de lesiones del que era acusado por el Ministerio Fiscal y por la acusación particular de familiares de una residente.
Los hechos se remontan a marzo de 2021, cuando la usuaria sufrió un incidente al querer abandonar por las escaleras de emergencia la planta del centro donde se encontraba ingresada, “a pesar de su deficiente estado físico que le impedía guardar el equilibrio y después de haber sufrido distintas fracturas, entre otras de cadera, como consecuencia de caídas por su inestable equilibrio”.
El facultativo, que ejerce como médico general y después de consultar con la psiquiatra que trataba a la paciente, acordó la imposición de una medida coercitiva física de contención mecánica de cinco puntos (tobillos, muñecas y abdomen). La medida se prolongó durante cinco días y cesó por indicación de la psiquiatra.
En septiembre de 2021, los familiares de la víctima denunciaron ante la Dirección General de Políticas Sociales del Gobierno de Cantabria la posible existencia de lo que denominaban como una “habitación de castigos”, en la que, a su juicio, “privan de libertad a los residentes y reciben un trato vejatorio”. A raíz de ello, la Fiscalía inició diligencias de investigación y el Juzgado de Instrucción Nº1 de Castro acordó la continuación de la causa a través de un procedimiento abreviado.
El médico acusado se enfrentaba a una petición por parte de la Fiscalía, de una pena de cárcel de dos años, inhabilitación profesional durante tres años, una multa de 1.350 euros, además de una indemnización de otros 2.700 euros.
Respecto al parte de lesiones que fue presentado por la residente, en el que citaba diferentes erosiones y hematomas, el magistrado señala en la sentencia que no existe relación con la medida de contención adoptada por el médico, “salvo la del tercio medio inferior de la tibia derecha”, según indicó una médico forense.
Además, el juez relata en el fallo que “nos encontramos ante una paciente que no respetó las normas de aislamiento por covid-19 y la prohibición de desplazamiento a otras plantas con el riesgo de contagio que conlleva. En segundo término, su situación física claramente deteriorada en relación con la deambulación y equilibrio con fracturas registradas, el hecho de que la paciente abandone la planta para acceder a otras a través de una escalera de emergencia, lo que permite constatar la existencia de riesgo”.
Por todo ello, el magistrado, José Hoya Coromina ha absuelto al médico en resolución que ha sido finalmente firme, al no recurrir ninguna de las dos partes.