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APROBADO DEFINITIVAMENTE EL REGLAMENTO QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE FESTEJOS

Fieston Ballenero gana Chascarrillos 2016 (3)

8 FEBRERO 2016 /

El Ayuntamiento de Castro Urdiales publica hoy en el Boletín Oficial de Cantabria el anuncio de aprobación definitiva del Reglamento Orgánico Regulador de la Organización y Funcionamiento del Consejo Sectorial de Festejos, una vez pasado el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones o reclamaciones.

Se procede a la publicación íntegra del texto de este reglamento a los efectos de su entrada en vigor:

El Consejo Sectorial de Festejos será constituido por acuerdo plenario como órgano de participación ciudadana de naturaleza consultiva, con sede en la Casa Consistorial. Tiene como objetivo básico la planificación y colaboración en la organización de las diferentes actividades que se llevan a cabo desde la Concejalía de Festejos y es el órgano de participación, información, asesoramiento y propuesta ciudadana en el ejercicio, cumplimiento y mejora de las competencias municipales referidas a Festejos.

Dentro de las funciones de este Consejo se encuentran las de:
a) Presentar iniciativas, sugerencias y propuestas en la organización de las actividades de Festejos, para ser discutidas en la Comisión Informativa correspondiente así como en otros órganos de gestión municipal que aborden temas relacionados con el área de festejos.

b) Colaborar en los estudios y la elaboración de programas, proyectos y disposiciones generales relacionadas con las fiestas de la ciudad de Castro Urdiales.

c) Proponer, apoyar e impulsar la coordinación de actuaciones entre los diferentes departamentos o áreas municipales, entre las distintas Administraciones Públicas con responsabilidad en materia de festejos y, sobre todo, entre las instituciones públicas y privadas.

d) Delegar en las Comisiones o Grupos de Trabajo específicos, dentro del Consejo, cuantas funciones estime oportunas.

e) Aprobar y modificar sus propias normas de régimen interno, con sujeción al presente reglamento, si bien deberán ser ratificadas por Pleno del Ayuntamiento.

El Consejo Sectorial de Festejos contará con los siguientes órganos:

a) El presidente: Alcalde o el Concejal de Festejos.

b) Vocales:
– Un representante de cada grupo municipal.
– Tres representantes de las peñas que colaboran con el área de festejos.
– Un representante de la Asociación de Comerciantes.
– Un representante de Emergencias Castro.
– Un representante del Departamento de Obras.
– Un representante de los Carrocistas.
– Un representante de la Asociación Pasión Viviente.

c) La Secretaría.

El Pleno del Consejo es el órgano supremo del Consejo y está constituido con la siguiente composición:

a) El/la Presidente/a, con voz y voto.

b) Representantes de las peñas (con un voto por los 3 representantes), colectivos y personas individuales con un voto por cada representante.
c) El Secretario, el de la Corporación o persona en quien delegue, con voz y sin voto.

El nombramiento de los miembros del Consejo se efectuará por Resolución de la Alcaldía, a propuesta de los colectivos que formen parte del Consejo, propondrán además, junto con la designación de un titular, la de un suplente. Teniendo en todo caso un solo voto por representante. Deberá formalizarse mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento.

Podrán asistir a las reuniones del Pleno del Consejo, con voz y sin voto, cuando sean convocados a tal efecto por la Presidencia o por el Pleno del Consejo Sectorial de Festejos:

d) Técnicos Municipales.

e) Personas cuya participación resulte de interés en atención a su nivel profesional o reconocida valía en los asuntos a tratar.

El Consejo Sectorial de Festejos celebrará cuantas reuniones ordinarias sean necesarias para la organización de los festejos.

En el siguiente enlace se puede consultar el texto íntegro del reglamento regulador del Consejo de Festejos:

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=296072

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