La Consejería de Sanidad publica en el Boletín oficial de Cantabria la resolución por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2023, por el que se establece el tiempo de funcionamiento, horario de trabajo y jornada en el Servicio de Urgencia de Atención Primaria (SUAP) de Castro Urdiales.
En el documento se especifica que la situación de presión asistencial de Castro requiere la transformación del actual SUAP de modelo ordinario en un SUAP de modelo especial abierto 24 horas al día los 365 días al año.
Actualmente en el ámbito del Servicio Cántabro de Salud existen dos modelos de SUAP: el SUAP de modelo ordinario y el SUAP de modelo especial (24 horas todos los días del año).
No obstante, con la finalidad de no alterar el horario de trabajo y jornada del personal que actualmente presta servicios en el SUAP de Castro, resulta preciso incorporar una segunda modalidad de prestación de servicios que cubra la franja horaria de 8 a 15 horas de lunes a viernes no festivos, lo que permitirá completar la atención urgente las 24 horas todos los días del año.
Este modelo de SUAP especial con dos horarios de trabajo tendrá en todo caso carácter provisional, con una vigencia máxima hasta el 31 de diciembre de 2023, dado que antes de la expiración de dicha fecha deberá abordarse la organización y planificación con carácter integral del modelo de urgencias de atención primaria de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En definitiva se acuerda lo siguiente:
El SUAP de Castro Urdiales pasa a tener la consideración de SUAP de modelo especial, con tiempo de funcionamiento de 24 horas todos los días del año.
Contará con dos posibles horarios de trabajo:
a) de lunes a viernes no festivos de 8 a 15 horas.
b) de lunes a viernes no festivos de 15 a 8 horas del día siguiente y sábados, domingos y festivos de 8 horas a 8 horas del día siguiente.
Lo dispuesto en el apartado A no resultará de aplicación al personal que actualmente presta servicios en el SUAP de Castro Urdiales.
La jornada laboral ordinaria del personal con horario de trabajo de 8 a 15 horas de lunes a viernes no festivos será de 1.533 horas efectivas de trabajo en cómputo anual.
El presente Acuerdo producirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.