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CONSUMIDORES ANIMA A DENUNCIAR LAS INCESANTES LLAMADAS TELEFÓNICAS QUE RECIBIMOS A CUALQUIER HORA O DÍA PARA PROPONERNOS OFERTAS COMERCIALES

UN ACOSO "O COACCIÓN" QUE ESTÁ TIPIFICADO COMO DELITO EN EL CÓDIGO PENAL "PERO QUE VA CONTRA LAS PERSONAS QUE LLAMAN Y NO ANTE LAS EMPRESAS A LAS QUE REPRESENTAN"

Los ciudadanos ya estamos hartos y desamparados ante las incesantes llamadas que recibimos en nuestros teléfonos móviles y fijos a cualquier hora del día, incluidos sábados y domingos, para colocarnos ofertas comerciales de todo tipo, utilizando datos que no les hemos proporcionado, vulnerando la protección de datos y agrediendo nuestra intimidad.

Un acoso en toda regla que, además, produce que muchas personas ya no cogen el teléfono a números que no conocen, lo que puede causar problemas por no responder a llamadas importantes personales o de trabajo de contactos que no tenemos agendados.

De ello hemos hablado con Enrique Solís, abogado de la Unión de Consumidores de Cantabria.

“Son llamadas que no se pueden identificar, pueden saltar como número spam, sospechoso de fraude o uno que no tienes identificado. Estamos desamparados en estas situaciones”, decía Solís.

“La Ley General de Telecomunicaciones entró en vigor en junio de 2024, pero quien hizo la ley hizo la trampa”, explicaba el representante de Consumidores. “En cualquier caso, el texto prevé dos mecanismos de presunta defensa al consumidor: por un lado, que no te pueden hacer ese tipo de llamadas si expresamente se ha comunicado antes, y por otro, el operador puede considerar que esa llamada tiene lo que se denomina ‘interés legítimo’, que, como es un concepto abstracto, te pueden seguir llamando”.

El problema es que el consumidor puede que haya dado el consentimiento y no lo sepa. Enrique Solís indicaba que “cuando firmas un contrato de un suministro, de seguros o cualquier otro, sin darte cuenta puedes estar autorizando a esa empresa a que comercie con tus datos, lo que es un abuso de posición dominante por su parte. Lo pueden hacer a través de llamadas, pero también por SMS o WhatsApp, ya que nuestros datos autorizados forman parte de esa base de datos”.

“La otra cara de la moneda es que esta Ley exige que este consentimiento expreso tiene que venir en un contrato, y es a lo que apelan las empresas, que lo meten en una cláusula entre otras 50, y firmamos sin darnos cuenta”.

Se puede dar otra circunstancia: el consumidor puede estar harto y presentar una denuncia. Cuando se reformó el Código Penal hace unos años se publicó una circular que especificaba que este tipo de delitos, “que se pueden considerar de coacción”, no los cometen las empresas, si no la persona física que realiza las llamadas.

¿Soluciones? “Se deben poner las pilas los gobiernos central y autonómicos, que tienen capacidad legislativa, para poder limitar esto. Fijar unos criterios de exigencia para que, en estos contratos, las empresas no tengan margen de maniobra para ‘engañar’ al consumidor. Hacerles ver que cuando se firma lago, se informe detalladamente, Esto actualmente no se hace”, explicaba Solís.

¿Sirven las denuncias? El abogado lo tiene claro: “sí, que los ciudadanos no duden en denunciar o reclamar ante cualquier instancia, ayuntamientos, asociaciones o abogados especializados. Y difusión pública, como esta entrevista. Hay que hacerlo para intentar cambiar el panorama”.

Finalmente, el abogado de la Unión de Consumidores de Cantabria recomendaba que, ante las dudas de números telefónicos no conocidos, recurramos a listas spam publicadas en internet, “y así averiguar quien nos está llamando”.

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