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LOS CIUDADANOS TIENEN LA POSIBILIDAD DE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN, POR INGRESOS INDEBIDOS, DE LAS PLUSVALÍAS PAGADAS EN LOS ÚLTIMOS CUATRO AÑOS

5 OCTUBRE 2017 /

Hace varios días, el alcalde Ángel Díaz-Munío, asegurada en Castro Punto Radio que la situación de “incertidumbre” relativa al cobro de la Plusvalía mientras no se aprobara otra ley que diera cobertura legal para calcular este impuesto, había hecho que el Ayuntamiento “apenas esté liquidando desde, aproximadamente, el mes de junio”, justo después de emitida la sentencia del Constitucional que entiende que el impuesto no puede en ningún caso gravar actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial.

Una situación que está ocasionando un aluvión de reclamaciones ciudadanas, algunas de las cuales prosperan y obligan a los ayuntamientos a devolver el dinero cobrado.

Sobre este asunto hemos hablado con la abogada Begoña Vega que ha detallado que la sentencia del Constitucional declara inconstitucionales algunos artículos de la Ley que regula la aplicación de un impuesto que grava un potencial incremento del valor de los terrenos urbanos. “Se ha dado la paradoja estos años que hemos visto que nuestros inmuebles, en ocasiones, no sólo no han incrementado su valor, sino que lo han perdido”.

Pese a esto, “los ayuntamientos seguían liquidando de igual forma”. Como ha señalado la abogada, antes de la sentencia, “había gente que lo había peleado, intentado acreditar que sus vivienda habían perdido valor. Lo único que podían hacer era intentar demostrar que no había habido incremento de valor”. Lo novedoso tras el pronunciamiento del Constitucional es que “ni siquiera hay que acreditar eso y declara directamente inconstitucionales unos artículos que regulan la forma en la que se calcula la Plusvalía. Esto supone que ningún juzgado puede entrar a valor si ha habido incremento de valor o no. No tiene mecanismo legales aplicables para determinar cuánto hay que pagar y si hay que pagar o no”. Por tanto, “se opta por no liquidar y estimar los recursos de los particulares hasta que el legislador dicte una nueva forma de liquidar el impuesto”.

Ante la incertidumbre de los ciudadanos que están pendientes de liquidar una Plusvalía reciente y no saben si se les cobrará o no, y ante las dudas de los que ya la han pagado, Vega ha explicado que “existe la posibilidad de solicitar la devolución, por ingresos indebidos, de pagos que hayamos hecho hasta hace cuatro años. A partir de ahí ya habría prescrito”.

Por tanto, la administración, en función de los casos que prosperen o no, podría verse obligada a reembolsar cantidades cobradas hasta hace cuatro años, incluidos los intereses. En este punto, Vega ha animado a los ciudadanos a “realizar las reclamaciones por la vía administrativa al Ayuntamiento y, en función de la respuesta, estudiar cada caso para ir al Juzgado”.

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