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EL AYUNTAMIENTO CONCEDE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN Y DE APERTURA A LA ITV DE ONTÓN

ITV Onton. Previa inauguracion (4)

28 OCTUBRE 2016 /

El Ayuntamiento de Castro Urdiales publica en el Boletín Oficial de Cantabria el anuncio por el que se concede licencia de primera ocupación y de apertura al Grupo Itevelesa para la edificación correspondiente a la estación de Inspección técnica de Vehículo (ITV) ubicada en Ontón y que se inaugurará el próximo miércoles día 2 de noviembre.

Se hace público el Decreto de Alcaldía de fecha 23 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

Primero. Conceder licencia de primera ocupación a Grupo Itevelesa, SLU, para edificación correspondiente a estación de Inspección Técnica de Vehículos en Bº de Ontón de este municipio.

Segundo. Conceder licencia de apertura/funcionamiento a Grupo Itevelesa, SLU, para Estación de Inspección Técnica de Vehículos en Bº Ontón de este municipio, acreditada el Acta de Conformidad Ambiental, pudiendo ejercer la actividad en los términos descritos, atendiendo a las normas y ordenanzas de la localidad.

Tercero. Recepcionar expresamente la urbanización pública, de conformidad con el certificado final de obra de fecha 8 de agosto de 2016, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Vizcaya.

Cuarto. Las licencias se otorgaran dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero.

Quinto. Notificar la presente resolución al interesado, junto con una copia del Acta de Conformidad Ambiental.

Sexto. Remitir el Acta de Conformidad Ambiental a la Consejería de Medio Ambiente.

Séptimo. Publicar la presente resolución en el BOC y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicando el régimen de recursos contra la misma.

Octavo. Dar traslado a los Servicios Económicos a los efectos oportunos.

Lo cual se hace público para el general conocimiento comenzando, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, los plazos de impugnación previstos en la Ley, que será el general establecido para la impugnación
de los actos administrativos:

El acto en el que se contrae esta publicación pone fin a la vía administrativa, por lo que, con arreglo a la legislación vigente contra el mismo, los interesados podrán interponer los siguientes recursos:

1.- De reposición: Con carácter potestativo, ante el mismo órgano que hubiere dictado el acto impugnado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de esta Resolución.

2.- Contencioso-Administrativo: Ante el Juzgado de Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución o de la resolución expresa del recurso potestativo de reposición. Si en el recurso potestativo de resolución no se notificara resolución expresa en el plazo de un mes, deberá entenderse desestimado, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses, que se contará a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Si fuera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

3.- Cualquier otro que estime procedente.

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