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EL AYUNTAMIENTO DE CASTRO URDIALES APRUEBA DEFINITIVAMENTE LA ORDENANZA DE HUERTOS URBANOS

El pleno del Ayuntamiento de Castro Urdiales, en virtud de acuerdo adoptado en sesión ordinaria de fecha 27 de febrero de 2024, aprobó inicialmente la Ordenanza Reguladora de Huertos Urbanos del Ayuntamiento de Castro Urdiales.

Sometido el expediente a información pública, y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo. En cumplimiento con lo establecido en la Ley de Bases del Régimen Local, se hace público el texto íntegro de la citada Ordenanza en el Boletín Oficial de Cantabria, entrando en vigor.

Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses en el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Este es el texto completo de la ordenanza:

Ordenanza Huertos Urbanos Castro Urdiales

El consistorio fijará el número, ubicación y características de los huertos que se destinen a ese uso, mediante acuerdo plenario.

Los huertos urbanos municipales tienen los siguientes objetivos:

a) Recuperar espacios urbanos para uso público aportando diversidad al paisaje urbano y utilidad social.

b) Ofrecer a la ciudadanía un espacio para el fomento de la agricultura, el ocio, la educación ambiental, y la actividad saludable.

c) Fomentar la participación ciudadana.

d) Promover buenas prácticas ambientales de cultivo: gestión de los residuos, ahorro de agua, agricultura ecológica, recuperación de usos y costumbres de la agricultura tradicional, etc.

e) Potenciar el carácter educativo de los huertos en colaboración con los centros educativos del municipio.

f) Promover una alimentación sana y cambios de hábitos más saludables y más sostenibles.

g) Impulsar un mayor conocimiento y respeto por el medio ambiente.

h) Promover las relaciones y el intercambio intergeneracional e intercultural.

i) Promover la actividad del tejido asociativo.

j) Fomentar espacios de encuentro y socialización de los vecinos del municipio.

El Ayuntamiento de Castro Urdiales pondrá a disposición los huertos urbanos aptos para cumplir su función mediante convocatoria pública en la que se detallará la identificación de los huertos urbanos que se oferten, los requisitos de las personas solicitantes, los criterios de valoración para la selección de los adjudicatarios, el plazo en que deberán presentarse las solicitudes y el de la autorización del uso de las parcelas, así como la documentación que deba aportarse junto a la solicitud para acreditar el cumplimiento de los requisitos contenidos en la presente ordenanza.

La convocatoria podrá ponderar de forma favorable a determinados colectivos de la sociedad castreña, siempre justificando las razones para ello. La adjudicación de parcelas a asociaciones o entidades con personalidad jurídica se regulará en la misma convocatoria, conjuntamente con la adjudicación de parcelas individuales, o bien en convocatoria específica exclusivamente dirigida a asociaciones sin ánimo de lucro.

En cualquier caso, en la convocatoria se fijarán las parcelas que irán destinadas a las asociaciones, y la documentación requerida a las mismas para participar en la convocatoria.

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