El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado esta semana la orden de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio del Gobierno de Cantabria por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de Cantabria.
Las ayudas estarán dirigidas a pequeñas empresas y autónomos del sector comercial y de servicios complementarios al comercio con establecimiento físico fijo o actividad de venta ambulante en Cantabria.
Entre las actuaciones subvencionables se incluyen el diseño, desarrollo o rediseño de páginas web con funcionalidades de venta online, la implantación de plataformas de comercio electrónico, la integración con sistemas de gestión empresarial, el desarrollo de aplicaciones móviles comerciales, las acciones de posicionamiento web y marketing digital, así como la conexión con plataformas marketplace y la incorporación de soluciones de seguridad informática.
Asimismo, podrán subvencionarse gastos relacionados con consultoría especializada, asistencia técnica, formación vinculada al proyecto, adquisición e implantación de software, contratación de servicios en la nube, registro de dominios, alojamiento web y otras actuaciones directamente asociadas al desarrollo de canales de venta electrónica.
La orden, que establece una inversión mínima subvencionable de 1.500 euros, excluido el IVA, determina que, con carácter general, las ayudas podrán alcanzar hasta el 50% del gasto subvencionable, porcentaje que se incrementará hasta el 60% para aquellas empresas que estén adheridas al Sistema Arbitral de Consumo de Cantabria y pertenezcan a una asociación de comerciantes inscrita en el registro autonómico correspondiente.
La cuantía máxima de la subvención será de 5.000 euros por beneficiario, aunque con el fin de optimizar los recursos disponibles y favorecer el agotamiento del crédito presupuestario, las ayudas podrán incrementarse hasta el 70% de la inversión subvencionable con carácter general y hasta el 80% para los establecimientos que cumplan los requisitos adicionales de adhesión al Sistema Arbitral y pertenencia a asociaciones de comerciantes, elevándose en estos casos el límite máximo hasta los 9.000 euros.
Se prevé que a mediados de septiembre se publique la convocatoria para que los interesados se puedan beneficiar de estas ayudas con la apertura del plazo de presentación. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva mediante procedimiento abreviado, atendiendo al orden de presentación de las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos, hasta el agotamiento del crédito disponible.


