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EL GOBIERNO DE CANTABRIA EMITE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL FAVORABLE A LA CONTRUCCIÓN EN CASTRO URDIALES DE UNA INSTALACIÓN DE ALMACENAMIENTO ELECTROQUÍMICO DE UN MEGAVATIO DE POTENCIA MEDIANTE BATERÍAS

ESTÁ PROMOVIDA POR LA EMPRESA VIZCAÍNA ELCANO GENERACIÓN S.L. Y SE UBICARÁ EN PANDO, PRÓXIMA A LA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA UBICADA BAJO LA ERMITA

El Boletín Oficial de Cantabria publica este lunes la Resolución por la que se formula el Informe de Impacto Ambiental correspondiente al expediente del proyecto de Instalación de almacenamiento electroquímico ‘stand-alone’ de 1 Megavatio, conectada a red BESS (Battery Energy Storage System-Sistema de almacenamiento de energía mediante baterías) Elcano e instalaciones de evacuación en Castro Urdiales.

En concreto, la ubicación prevista es una parcela próxima a la subestación eléctrica que se ubica en Pando, en el monte justo debajo de la ermita (en la imagen).

En la Resolución, la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático del Gobierno de Cantabria formula Informe de Impacto Ambiental, considerando que el proyecto, promovido por la empresa vizcaína Elcano Generación S. L. (con sede social en Getxo), «previsiblemente no producirá efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no considera necesario someter el proyecto a la tramitación de evaluación de impacto ambiental ordinaria.»

CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO

El proyecto contempla la ocupación de 742 metros cuadrados de suelo con cobertura de vegetación herbácea. La vegetación arbustiva y arbórea que rodea la parcela «no se verá afectada por el proyecto». Los movimientos de tierra previstos «serán los menores posibles, intentando limitarse a cajeado de caminos, cimentaciones, zanjas para canalización de líneas eléctricas o drenajes, todo ello adaptado a la geomorfología y pendientes del terreno, sin retirada de capa vegetal en el resto de la parcela».

Los caminos internos principales de acceso a la instalación se diseñarán con un ancho de 5 metros, de manera que se permita la circulación en dos sentidos. Además, se diseñarán caminos secundarios con un ancho de 4 metros, para tener un acceso fácil a todos los elementos del parque.

Se proyecta un sistema de drenaje interior al objeto de solucionar la evacuación de las aguas pluviales del interior de la parcela.

Asimismo, se proyecta la construcción de un depósito de agua de emergencia contraincendios vertical de 24.000 litros, de 3 metros de diámetro y 3,45 de altura.

El cerramiento perimetral de la instalación se realizará con permeabilidad suficiente para el paso de pequeños mamíferos por el inferior del vallado, además de instalar placas de color para evitar la colisión de aves.

CONSULTA A OTROS ORGANISMOS (AYUNTAMIENTO Y CROTU)

Para la elaboración del Informe de Impacto Ambiental se ha pedido la opinión de varios los organismos de la administración. Destacamos lo emitido por el Ayuntamiento de Castro Urdiales y la CROTU (Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria).

En un primer informe, el Ayuntamiento de Castro Urdiales lo emitió de forma desfavorable, «al querer construirse la instalación en una parcela inferior a la mínima requerida por el Plan General y separación a linderos inferior a la requerida en el mismo, así mismo, estableciendo una serie de condiciones en el caso de que se subsanen las anteriores deficiencias».

Posteriormente, en el mes de mayo de este año, el Ayuntamiento emitió un nuevo informe en el que se concluye que «la parcela está calificada en el Plan General como suelo no urbanizable con protección ecológica. El uso característico de esos suelos es el del mantenimiento del medio natural, siendo compatibles los usos vinculados al mantenimiento de los servicios e infraestructuras, que es el caso que nos ocupa; y es por ello que la actividad pretendida es compatible urbanísticamente, siempre y cuando la instalación que se pretenda ejecutar cumpla con lo estipulado en las Normas Urbanísticas del PGOU de Castro Urdiales».

En cuanto al Servicio de Urbanismo y tramitación de expedientes CROTU informa que, «a la vista del análisis realizado, la nueva actividad objeto de la autorización no se ajusta a los usos a propiciar ni a los usos admisibles regulados en la normativa del Plan».

«No obstante, si la actuación llegara a contar con la Declaración de utilidad pública e interés social, podría considerarse un uso compatible con dicho planeamiento y podría tener encaje en la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa sectorial o el planeamiento territorial que sea de aplicación».

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