23 MAYO 2015 /
El titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Castro Urdiales, Luis Acayro Sánchez, ha emitido un nuevo auto en el que imputa al exalcalde Fernando Muguruza delitos de prevaricación administrativa y urbanística en concurso con un delito de malversación de caudales públicos continuada, por un importe de 1.685.768 euros, al aprobar cuatro proyectos de compensación sin exigir el preceptivo pago de los aprovechamientos urbanísticos municipales, según publica hoy El Diario Montañés.
El instructor castreño ha dado traslado de esta sentencia al Ministerio Fiscal, y en su caso, a las acusaciones particulares personadas, para que en el plazo de diez días formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o bien el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación.
El origen de esta investigación judicial al exalcalde de Castro Urdiales se remonta al pasado año 2008 y está relacionado con el desarrollo urbanístico de un total de cuatro unidades de ejecución, en las que se han construido alrededor de un centenar de viviendas.
Acayro imputa a Muguruza hasta tres delitos por aprobar cuatro proyectos de compensación sin exigir el pago de los aprovechamientos urbanísticos municipales y dejarlos prescribir, así como «autorizar la continuación del expediente urbanístico y conceder dos licencias de obra y una licencia de primera ocupación a sabiendas de esta circunstancia en beneficio exclusivo de los promotores y en perjuicio del patrimonio municipal».
Se da la circunstancia, «no menos relevante», según señala el instructor castreño, de que Javier Ibarrola, el arquitecto autor de los proyectos de compensación por los que no se llegó a percibir el pago de aprovechamientos, fue nombrado poco después gerente de Urbanismo de Castro y persona de la máxima confianza del exalcalde castreño.
Además, Acayro asegura que los hechos se han producido en un contexto de «todo vale». «No nos encontramos ante una simple irregularidad administrativa subsanable, sino, indiciariamente, ante una actuación urbanística burda, abiertamente ilegal, advertida, reiterada y que ha ocasionado un grave perjuicio patrimonial», dice. En consecuencia, continua el magistrado, «el desarrollo urbanístico ha sido abiertamente contrario a planeamiento y no ha obedecido al interés general porque no beneficia en nada al municipio sino únicamente a los promotores y una persona que acaba siendo cargo de confianza del imputado».