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HALLADO EL DOCUMENTO MÁS ANTIGUO QUE CONFIRMA LA CONCESIÓN DEL FUERO DE LOGROÑO A CASTRO URDIALES EN 1202

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29 AGOSTO 2016 /

El director del equipo internacional de investigación ‘Las sociedades portuarias de la Europa atlántica medieval’ y decano de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Cantabria (UC), Jesús Solórzano, ha dado a conocer el hallazgo de la que sería la confirmación más antigua hasta el momento de la concesión del Fuero de Logroño a la villa cántabra de Castro Urdiales, datada el día 10 de marzo del año 1.202 y conservada en el Fondo Marqués de Villarias del Archivo Histórico Foral de Vizcaya.

Ni el fuero original de Castro Urdiales, ni copias posteriores, se habían encontrado hasta el momento, “por lo que se trata del privilegio regio más antiguo de su concesión”, según explica Sólorzano en un comunicado remitido por la UC.

Los investigadores han especulado mucho sobre la fecha real del otorgamiento foral, que se ha establecido tradicionalmente el día 10 de marzo del año 1.163, fecha que fue aportada por el erudito del siglo XVII, Gabriel de Henao, en su obra ‘Averiguaciones de las antigüedades de Cantabria’, publicada en 1689, aunque unos años antes otro autor, Gonzalo Méndez de Silva, había fechado el fuero en el año 1.173 en su obra ‘Población general de España’ de 1645, si bien en este último caso no especificaba ni el día, ni el mes.

“A partir de estos dos autores, se ha venido discutiendo sobre uno u otro año, pero han sido las fechas que se han venido dando por válidas desde entonces”, ha señalado el profesor de la UC.

Ahora, el hallazgo de la copia del privilegio, fechado el 10 de marzo de 1.202, contiene, en latín, de una parte, la mención de concesión del Fuero de Logroño a Castro Urdiales por los reyes Alfonso VIII y su esposa Leonor de Inglaterra, aunque no se inserta el texto completo del mismo.

De este modo, en este mismo privilegio, los reyes concedieron al concejo castreño la exención para que sus mercancías no pagaran el impuesto de portazgo en la villa de Medina de Pomar con el objetivo de favorecer la canalización del comercio castellano por el puerto castreño, en un periodo en que la franja costera de Castilla estaba constreñida a la costa actual de Cantabria, aunque acababan de incorporarse Guipúzcoa y el Duranguesado al reino de Castilla en 1.200.

Dado que el día y el mes de concesión del privilegio regio hallado en el Archivo Histórico Foral de Vizcaya, el 10 de marzo de 1.202, coinciden con la data proporcionada por Gabriel de Henao para la concesión del fuero castreño, 10 de marzo de 1.163, Solórzano señala que “se abre una nueva línea de estudio sobre el año real de concesión del fuero de Logroño a Castro Urdiales, pues el documento hallado de 1.202, inserto en un privilegio del rey Alfonso X de 1.255, es al que, en realidad, hace referencia el erudito del Siglo de Oro español”.

“De hecho, lo único que se puede afirmar, a la vista de la documentación disponible, es que el fuero de Castro Urdiales ha de ser anterior al 28 de enero de 1200, pues en esa fecha nos consta que los mismos reyes concedieron el fuero de Castro Urdiales a Laredo”, ha concluido.

Así pues, el privilegio regio hallado es la referencia más antigua a la concesión del Fuero de Logroño a Castro Urdiales y permite abrir, de nuevo, el debate sobre la fecha real de concesión del fuero, mientras continúa la búsqueda del texto foral de Castro Urdiales por parte de los historiadores.

CONCESIÓN DE FUEROS EN LA ÉPOCA MEDIEVAL

Los monarcas concedían los fueros con la finalidad de crear un centro urbano, una villa, que organizara el territorio y su población, y promoviera la economía, entre otros muchos motivos, para lo cual otorgaban un conjunto de derechos y privilegios a sus habitantes.

En Cantabria, los monarcas Alfonso VIII y su esposa Leonor de Inglaterra concedieron cinco fueros: a Santander (1.187), Laredo (1.200), Santillana (1.209) y San Vicente de la Barquera (1.210), así como a Castro Urdiales, el único que aún tiene pendiente confirmar la fecha de su concesión.

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