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MAÑANA VIERNES ARRANCA EL ‘CINE DE VERANO’ EN CASTRO URDIALES

1WIN CONQUISTA MÉXICO CON UNA OLA DE BONIFICACIONES IRRESISTIBLES
Recompensas reales, beneficios constantes: así premia 1win a sus usuarios
La propuesta de valor de 1win no se limita únicamente a una plataforma robusta y juegos variados, sino que también brilla por la diversidad de sus bonificaciones. Cada tipo de bono ha sido diseñado con una intención clara: ofrecer más oportunidades de juego, mayor dinamismo y beneficios tangibles desde el primer clic. Para jugadores nuevos o experimentados, esta oferta representa un verdadero incentivo para explorar todo lo que 1win tiene por ofrecer. Principales tipos de bonificaciones disponibles en 1win:- Bono de bienvenida múltiple: al registrarte, puedes acceder a una serie de bonificaciones escalonadas que multiplican tus primeros cuatro depósitos con porcentajes que alcanzan hasta un 500%.
- Giros gratis sin depósito: ideal para quienes quieren probar suerte sin comprometer fondos propios. Actualmente, se puede reclamar un bono de 25 giros sin necesidad de realizar ningún ingreso.
- Bonos por recarga: al realizar depósitos recurrentes, los usuarios reciben créditos adicionales, perfectos para extender el tiempo de juego o asumir apuestas más ambiciosas.
- Cashback semanal: una parte de las pérdidas se reembolsa automáticamente, ofreciendo una segunda oportunidad incluso en sesiones poco afortunadas.
- Promociones temporales: bonificaciones especiales disponibles por tiempo limitado, vinculadas a eventos, días festivos o lanzamientos de nuevos juegos.
- Programa de fidelidad: los jugadores frecuentes acumulan puntos que se pueden canjear por dinero o beneficios adicionales.
- Bonos personalizados: en función de tu actividad, 1win puede ofrecer promociones exclusivas adaptadas a tu perfil de juego.
El lado técnico del juego: cómo aplicar cada bono con precisión
Desde el portal Casino de Mexicali, nuestros analistas han seguido de cerca el desempeño de 1win en el mercado mexicano y, más allá de valorar sus ofertas, se han dedicado a identificar cómo los jugadores pueden exprimir al máximo cada bonificación. No se trata solo de reclamar un bono, sino de saber cuándo, cómo y con qué estrategia hacerlo. Usar los bonos con inteligencia puede marcar una gran diferencia en los resultados del juego. Recomendaciones clave para optimizar el uso de los bonos en 1win:- Lee los términos con atención: antes de aceptar cualquier bonificación, es esencial revisar los requisitos de apuesta, los límites de retiro y la duración del bono.
- Empieza por los giros gratis: los bonos sin depósito, como los 25 giros gratis, son ideales para conocer la plataforma sin arriesgar tu dinero.
- Combina bonos con juegos de alta participación: utiliza los bonos en tragamonedas que cuentan al 100% para el cumplimiento del wager.
- No te apresures a retirar ganancias: asegúrate de cumplir con todos los requisitos antes de intentar retirar para evitar la anulación del bono.
- Aprovecha los recargos con estrategia: los bonos por recarga funcionan mejor si se planifican en días con promociones activas.
- Participa en eventos temporales: algunas promociones por tiempo limitado ofrecen mejores condiciones que los bonos estándar.
- Gestión del bankroll: usa los fondos de bonificación para probar nuevas estrategias sin poner en riesgo tu capital real.
- Consulta soporte si tienes dudas: el equipo de atención al cliente de 1win puede ofrecer detalles clave que no están claros en la descripción del bono.
Prueba tu suerte sin invertir: 1win te regala 25 oportunidades
En el competitivo mundo de los casinos en línea, encontrar una promoción que no requiera inversión inicial y que además ofrezca beneficios reales es poco común. Sin embargo, los expertos de Casino de Mexicali han confirmado que 1win ofrece exactamente eso: un bono de 25 giros gratis sin necesidad de realizar un depósito. Esta promoción es una gran puerta de entrada para nuevos jugadores que quieran explorar la plataforma in correr riesgos financieros. Pasos para obtener y activar los 25 giros gratis en 1win:- Registro completo: ingresa al sitio web de 1win y completa el proceso de registro con tus datos reales. Asegúrate de no omitir ningún campo obligatorio.
- Verificación de identidad: algunos usuarios pueden ser solicitados a confirmar su correo electrónico o número telefónico para validar la cuenta. Es un paso esencial para habilitar el bono.
- Activación del bono: una vez que tu cuenta esté verificada, accede a tu perfil o área personal. Allí encontrarás la opción para reclamar los giros gratis sin depósito.
- Uso de los giros: los giros se aplican a tragamonedas específicas seleccionadas por la plataforma. Asegúrate de verificar cuáles son antes de comenzar a jugar.
- Condiciones de apuesta: aunque no necesitas depositar, los giros están sujetos a condiciones de apuesta (wager). Lee los términos para conocer cuántas veces deberás jugar tus ganancias antes de poder retirarlas.
Conclusión: cómo 1win transforma el inicio de tu aventura online

CONOCEMOS TODOS LOS DETALLES SOBRE LO QUE LOS ESPECTADORES SE ENCONTRARÁN MAÑANA EN EL VERANO LÍRICO DE CASTRO URDIALES
LA SENDA MITOLÓGICA DE LA CAVA EN SÁMANO SUPERA LAS EXPECTATIVAS Y LLEGAN HASTA LA ZONA AUTOBUSES PROVENIENTES DE OTROS MUNICIPIOS Y PROVINCIAS
LOS NIÑOS SAHARAUIS QUE VIENEN EN VERANO A CANTABRIA PASARÁN ESTE AÑO «17 DÍAS MENOS AQUÍ Y, POR TANTO 17 DÍAS MÁS SUFRIENDO LOS 50 GRADOS DE TEMPERATURA QUE HAY AHORA EN LOS CAMPAMENTOS DE TINDUF»
EL GOBIERNO REGIONAL ACTIVA DESDE HOY EL PLAN DE ACTUACIONES PREVENTIVAS CONTRA LOS EFECTOS DEL EXCESO DE TEMPERATURA SOBRE LA SALUD EN CANTABRIA EN ESTE VERANO
SE PUBLICA LA DECLARACIÓN AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA EN LA NUEVA FASE DEL POLÍGONO DE VALLEGÓN INAUGURADA HACE 3 AÑOS Y MEDIO Y TODAVÍA VACÍA
LA ALPINISTA RAQUEL GARCÍA CEBALLOS ABRE EL LUNES EL CICLO DE CONFERENCIAS DENTRO DE LOS CURSOS DE VERANO DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA EN CASTRO URDIALES
PODEMOS REVELA QUE LA CONCESIÓN DE LA LINEA DE AUTOBÚS CASTRO URDIALES-BILBAO LLEVA 10 AÑOS ANULADA NO SIENDO EXIGIBLE A LA EMPRESA IRB LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS NI EL CUMPLIMIENTO DE CLÁUSULAS
APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS APROBADAS EN EL PLENO DEL 2 DE JUNIO POR IMPORTE DE 6.212.202 EUROS
LA UNIDAD MÓVIL DE LA HERMANDAD DE DONANTES DE SANGRE VISITA CASTRO URDIALES EL PRÓXIMO LUNES 14 DE JULIO
EL PSOE CASTREÑO PRESENTA ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LA CONCESIÓN DE AUTOBÚS CASTRO-BILBAO, «EXIGIENDO MEJORAS EN LA CALIDAD, EFICIENCIA, ACCESIBILIDAD DEL SERVICIO Y UNA FRECUENCIA CADA 15 MINUTOS»
EL GRUPO MALORA SALÍA A GANAR EL COSO BLANCO 2025 Y LO CONSIGUIÓ CON UNA CARROZA «INÉDITA COMPLETAMENTE, MUY BIEN TRABAJADA Y CON UNA IDEA MUY BUENA»
ROBAN VARIAS PIEZAS DE BRONCE, APLIQUES Y FIGURAS DEL PANTEÓN DE LEONARDO RUCABADO EN EL CEMENTERIO DE BALLENA DE CASTRO URDIALES
EL TRIBUNAL SUPREMO CONDENA AL JUEZ ACAYRO COMO AUTOR DE UN DELITO DE PREVARICACIÓN JUDICIAL DOLOSA Y ELEVA SU INHABILITACIÓN DE LOS 5 AÑOS INICIALES A DIEZ
El Tribunal Supremo ha condenado al juez Luis Acayro Sánchez, que ejerció sus funciones durante años en Castro Urdiales, como autor criminalmente responsable de un delito de prevaricación judicial tipificado en el artículo 446.3 del Código Penal, sin concurrir error de prohibición, y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, a inhabilitación especial para el ejercicio de la función jurisdiccional con pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, así como con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales por tiempo de 10 años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años con la responsabilidad civil ya fijada en la sentencia y con costas de oficio.
Además, le condena a la pena de 12 meses de multa a razón de 10 euros/día y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no pagadas o de trabajos en beneficio de la comunidad si fueren aceptados por el penado por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Así lo informa el Tribunal Supremo en nota de prensa.El Tribunal Superior de Justicia de de Cantabria había condenado a 5 años de inhabilitación por delito de prevaricación judicial, pero aplicando la existencia del error de prohibición por entender que el juez actuó como lo hizo porque entendía que existía una causa justificativa para hacerlo. Pero el Alto Tribunal ha suprimido el error de prohibición por entender que es incompatible con la prevaricación judicial dolosa.
El Tribunal ha estado formado por Andres Martínez Arrieta (presidente) Ana Ferrer, Vicente Magro (ponente), Antonio del Moral y Leopoldo Puente, habiendo emitido voto particular estos dos últimos.
Los dos magistrados que firman el voto particular propugnan la estimación del recurso de la defensa y un pronunciamiento de signo absolutorio. Señalan que coinciden con el resto del tribunal en que, si concurría error, los hechos no encajan en el delito de prevaricación del artículo 446 del Código Penal.
Pero añaden que la consideración de la mayoría de que el acusado se apartó conscientemente de la normativa vigente es una apreciación fáctica sin apoyo concluyente en la sentencia de instancia. Consideran que “el hecho probado de la sentencia solo acoge una descripción neutra de los hitos procesales de las resoluciones tachadas de prevaricadoras. No se adentra en la intencionalidad o en los conocimientos o nivel de certeza o motivaciones del acusado”.
DETALLES DEL FALLOEl fallo recoge que “el día 20 de diciembre del 2018, el Ilmo. Sr. Magistrado (Acayro) dictó un auto en el que acordaba ‘requerir al Ayuntamiento de Castañeda, a través de su representación procesal a los efectos, de que en el plazo de tres días aporte la documentación completa acreditativa de los contratos menores celebrados con los autores de los informes jurídicos y técnicos obrantes en el expediente administrativo. La petición llevada a cabo de la aportación de contratos era ajena al objeto, aunque el recurrente pretenda justificarlo. En nada afectaba a la causa. Los informes jurídicos y técnicos emitidos sí constaban en el expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Castañeda, sin que el Letrado de la Administración de Justicia ni las partes hubiesen apreciado irregularidad u omisión alguna en el expediente administrativo remitido, lo que conocía el juzgador, como consta en el factum. Y, pese a ello, insistió en pedir lo que no debía pedir y era conocedor de ello”.
“El conjunto de actuaciones iniciadas por el Ilmo. Sr. Magistrado querellado desde su providencia de 15 de octubre de 2018 tenían por objeto y finalidad iniciar una investigación sobre una cuestión totalmente ajena al procedimiento, averiguar por qué y cómo se contrata, fundamentalmente, al letrado querellante. Y desde la resolución de 20 de diciembre de 2018 se evidencia el especial interés del Ilmo. Sr. Magistrado por conocer los motivos y la forma en que se contrató al letrado querellante, pues así se recoge en el antecedente de hecho único cuando, de forma expresa, se alude al ‘caso del informe jurídico’, cuya emisión se fundamenta en la supuesta complejidad de la materia. Y el hecho de que se investigara la contratación del letrado que intervino en el procedimiento administrativo y no de quien representó al Ayuntamiento en el procedimiento judicial, aunque sea la misma persona, carece de la relevancia que expuso la defensa del acusado en el acto del juicio oral. Lo determinante es que la decisión del juzgador excedía notoriamente del objeto del procedimiento y que afectó al Sr. Real del Campo”.
“La decisión adoptada por el Ilmo. Sr. Magistrado recabar información sobre la justificación de contratación de técnicos externos y requerir la aportación de los propios contratos menores con los que se había llevado a efecto dicha contratación-, materializada en el auto 20 de diciembre de 2018, integra el delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal porque es injusta”.
“La decisión del juzgador no puede sostenerse mediante ningún método aceptable de interpretación de la Ley, no está basada en una fundamentación jurídica razonable distinta de la voluntad de su autor y, desde el punto de vista objetivo, no resulta cubierta por ninguna interpretación de la ley basada en cánones interpretativos admitidos”.
“Es evidente que el iter en la actuación del recurrente condenado no puede admitir un error acerca de una causa de justificación, llamado error de prohibición indirecto. Se actuó con plena conciencia de la improcedencia de lo acordado en un procedimiento en el que para nada hacía falta conocer los antecedentes de unos contratos relativos a unos informes que nada tenían que ver con lo pedido en el caso, ya que lo solicitado por el juez excedía totalmente del alcance de su función en el caso, y que no era investigar si en el Ayuntamiento se cometían irregularidades en contratos o facturas. Para nada tenía que ver con la reclamación efectuada por el ciudadano. Y no había causa de justificación alguna para hacer lo que se hizo”.
“No cabe una causa de justificación en el actuar de un juez, ya que cuando ejerce su función jurisdiccional no lo hace en cumplimiento de un deber ni en el ejercicio de un derecho, sino que convierte en acto la atribución- derecho y deber al mismo tiempo- de resolver los conflictos que se le plantean, por lo que no puede aprovechar el procedimiento judicial para acordar diligencias que no han sido pedidas por las partes si éstas son absolutamente ajenas al objeto del proceso. La función de investigar no se la puede atribuir el juez siempre y en cualquier caso, si no es preciso, si no es eso lo pedido, y si esa investigación no forma parte del contenido de lo que debe resolver”.
La sentencia completa: Sentencia Acayro prevaricación judicial