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EL JEFE ACCIDENTAL DE LA POLICÍA LOCAL DEJA CLARO QUE “LAS AUTOCARAVANAS PUEDEN ESTACIONAR EN EL CASCO URBANO, PERO NO PUEDEN ACAMPAR”

Y SE ENTIENDE COMO ACAMPADA "CUANDO EL VEHÍCULO NO ESTÁ EN CONTACTO CON EL SUELO, CUANDO TIENEN LAS VENTANAS ABIERTAS O CUANDO OCUPAN MÁS ESPACIO DEL SUYO O TIENEN ELEMENTOS EN EL EXTERIOR"

Ante la proliferación del estacionamiento o acampada de autocaravanas en el casco urbano, con zonas especialmente saturadas de este tipo de vehículos, como los exteriores o las campas del cementerio de Ballena (como muestran las imágenes), hemos querido conocer la regulación existente en Castro Urdiales en voz del jefe en funciones de la Policía Local, Juan Antonio Arizmendi.

Según indicaba, “no tenemos todavía una ordenanza local que regule el estacionamiento autocaravanas, imagino que pronto tengamos algo para afrontar las molestias que generan en ciertas ocasiones”.

Para saber cómo actuar, los agentes locales deben mirar el marco normativo general aplicable, en el que se incluye “una directiva europea del 2001, o bien el Reglamento General de Vehículos, que define lo que es una autocaravana, y finalmente la regulación de la ITV, que las distingue entre turismos y camiones”.

En cualquier caso, Arizmendi ha dejado claro que “la parada y estacionamiento se pueden realizar como cualquier otro vehículo, pero la acampada está prohibida, ya que la Ordenanza de Conductas Cívicas y la legislación regional lo contemplan”.

¿Qué se entiende como acampada? “Es cuando el vehículo no está en contacto con el suelo, aunque sea zona de aparcamiento, cuando tiene calzos, cuando ocupa más espacio de lo que debería, cuando tiene las ventanas abiertas, cuando tiene sillas y mesas en el exterior o toldos extendidos… en todos esos casos no pueden estacionar, y tampoco pueden emitir ningún fluido, sea contaminante o no, ni pueden emitir ruidos, como los generadores”.

En lo que respecta a introducirse en una campa, “si es una finca particular habría que preguntar si tiene permiso, pero si es en terreno público, no pueden”.

Otros ayuntamientos ya tienen ordenanza reguladora al respecto, “en la que se ha empezado a hablar de la pernoctación, permitir desde 24 hasta 72 horas, pero no existe una normativa específica a nivel nacional, regional o local”.

Juan Antonio Arizmendi ha reconocido que sí que se producen denuncias por estacionamientos o acampadas indebidas, “pero no muchas, sí que habido de la Guardia Civil o el Seprona en zonas de costa. En la del cementerio nosotros tenemos quejas de vecinos, y está pendiente de regularlo”.

En ese lugar también proliferan turismos aparcados que huyen de la OCA colindante e incluso camiones de grandes dimensiones: “estos últimos no lo tienen permitido, dentro del casco urbano no pueden estacionar. Hemos efectuado varias denuncias en invierno o primavera, ahora en verano no tantas, ya que hemos estado encima”.

Sobre el estacionamiento de vehículos en zonas libres de OCA pero colindantes con ella, el jefe en funciones de la Policía decía que no se puede hacer nada, “ya que para eso habría que modificar la ordenanza”.

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