31 MAYO 2018 /
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santander, ha desestimado una reclamación de 5,6 millones de euros que la Promotora Viviendas y Promociones Cotolino hacía al Ayuntamiento por la “tardanza” en la concesión de Licencia de Primera Ocupación para 81 viviendas levantadas en la zona de Santa Catalina, en concreto, en la Unidad de Ejecución 1.34, que ha sido objeto de una investigación judicial y que está a la espera de sentencia.
La promotora hacía esta reclamación como consecuencia, a su entender, del “anormal funcionamiento de la administración municipal” consistente en una sucesión de acciones u omisiones, desde 2008 a 2015, que impidieron a la empresa obtener la licencia de primera ocupación y la materialización de sus derechos urbanísticos con la venta, a tiempo, de las viviendas.
La referida licencia se concedió en abril de 2015, pero la promotora entiende que en 2008 ya podría y debería haberse concedido. Y se fija esta fecha, según señala el juez, “porque todo el cálculo de los perjuicios se hace desde octubre de 2008 hasta abril de 2015”.
Según apunta el juez, la promotora señala una serie de costes que tuvo que asumir, desde 2008 a 2015, como consecuencia de la no concesión de licencia, y que son los que reclama.
Sin embargo, la sentencia asegura que en 2014 el reclamante no tenía derecho a la licencia porque “es cosa juzgada. Este mismo juzgador resolvió esta pretensión en sentencia de 31 de octubre de 2014 y lo confirmó la sala en 2015”.
El juez entiende que “no hay relación causal entre esa omisión invocada y el daño cuya reparación se exige”. Las sentencia coincide con el dictamen del Consejo de Estado, que rechaza esta pretensión por dos motivos: “porque las sentencias firmes ya dictadas han declarado probado que la causa de la denegación de la licencia no es una omisión sino la falta de terminación en las obras de urbanización y porque, aún para otros promotores a los cuáles sí se les ha concedido el derecho a licencia, los tribunales han rechazado esa responsabilidad por falta de antijuridicidad, pues la negativa a dar licencias está condicionada a las proceso judicial”.
En la imagen, al fondo, edificio de Viviendas y Promociones Cotolino en la zona de Santa Catalina.