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LA JUSTICIA RECHAZA LA RECLAMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CASTRO DE 232 MIL EUROS A LA JUNTA DE ONTÓN PARA LA DEVOLUCIÓN DE LA SUBVENCIÓN DEL AGUA

ONTÓN

10 NOVIEMBRE 2016 /

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander ha suspendido la resolución del Ayuntamiento de Castro Urdiales que ordenaba a la Junta Vecinal de Ontón el reintegro de 232.901,64 euros, más intereses, a cuenta de la devolución de la ayuda entregada en 2009 a cambio de la cesión de las infraestructuras del agua.

Recordemos como el Ayuntamiento rechazó el recurso presentado por cuatro pedanías, Ontón, Otañes, Sámano y Mioño, para que no se tuvieran que devolver las subvenciones y los intereses de demora a contar desde 2011, momento en el que debían tener justificadas las inversiones realizadas con ese dinero.

Es por ello que las juntas vecinales pusieron, cada una de ellas individualmente, el asunto en manos de la Justicia, y ahora se acaba de fallar la primera de las sentencias, relativa a Ontón.

La sentencia del tribunal, fechada el 7 de noviembre, refleja como la Junta Vecinal de Ontón, “solicitó, como medida cautelar, la suspensión del reintegro al Ayuntamiento de la subvención por el peligro de perjuicios irreparables, pues la importante cantidad a abonar perjudicaría el normal funcionamiento de la entidad, carente de solvencia, y permitiría el apremio sobre bienes que cambiarían de titularidad de forma irremediable”.

En el auto, el magistrado Juan Varea, apunta que “el Ayuntamiento se oponía a la suspensión del reintegro del dinero aduciendo que no se acredita un perjuicio que no pueda ser reparado mediante la devolución del importe de la cantidad, pues no se ofrece prueba alguna del estado contable de la entidad local”. El consistorio recordaba que “frente al interés público de esta Junta Vecinal debe prevalecer el del Ayuntamiento, más atendiendo a previas resoluciones judiciales que han sido favorables a sus pretensiones”.

En sus fundamentos jurídicos, el magistrado admite que la Junta Vecinal de Ontón no aporta “ni un solo dato sobre su situación económica que permita advertir que el pago inmediato genere un perjuicio superior al mero desembolso, compensable a posteriori con la devolución de intereses. Solo se alega que tal importe implicaría el incumplimiento de las obligaciones corrientes de la Junta y su paralización, y el riesgo de ejecución en apremio de bienes patrimoniales”.

“Sin embargo”, continúa la sentencia, “a pesar de esta ausencia probatoria, debe valorarse el elevado importe del reintegro por parte de una Junta Vecinal, cuyo estado patrimonial no es desconocido en estos Juzgados. El inmediato desembolso podría ocasionar un problema de liquidez o carencia de recursos para atender los pagos ordinarios y la efectiva paralización de la entidad pública”.

Por ello, el fallo estima la medida cautelar solicitada por la Junta Vecinal de Ontón “y se suspende la ejecutividad de la Resolución del Ayuntamiento de Castro Urdiales de 25 de julio de 2016 que desestimaba el recurso de reposición” presentado por las cuatro pedanías. No se imponen costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

En próximos días se irán conociendo las sentencias relativas a Sámano, Mioño y Otañes, y se podrá comprobar si van en línea con la ahora dictada sobre Ontón.

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