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LA MODIFICACIÓN EN LA ALTURA DE EDIFICACIÓN EN EL PSIR DE VALLEGÓN (FASE 1) NO TIENE EFECTOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE

Vallegón circuito de carreras (15)

4 ENERO 2017 /

La Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística publica en el Boletín Oficial de Cantabria el anuncio relativo al Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Puntual Número 2 del Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) Área Estratégica Industrial de Castro Urdiales 1ª Fase,

Esta modificación consiste, según la documentación presentada, en un cambio de la altura reguladora máxima de la edificación para las parcelas en las que es de aplicación la Ordenanza PI-02,
actualmente de 12 metros, que se aumenta a 14 metros.

La necesidad de incrementar la altura de la edificación, según consta en el anuncio, se debe al ritmo de comercialización de las parcelas sujetas a la Ordenanza, que se encuentren prácticamente agotadas (en las que la altura reguladora máxima es de 14 metros), y para facilitar la implantación de actividades, en las que su proceso productivo requiere la instalación de puentes-grúa para proceder a la carga y descarga de vehículos pesados de transporte.

El número de volúmenes posibles dentro de cada parcela será libre, con una altura de cornisa máxima de 14 metros. El máximo número de plantas permitidas será de 3 (baja más dos). Un segundo modificado en la redacción del Artículo 79, consiste en añadir un apartado final relativo a las limitaciones derivadas de las servidumbres aeronáuticas, en el sentido siguiente:
“Servidumbres aeronáuticas. Cualquier construcción requerirá la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, dependiente del Ministerio de Fomento”.

En la Memoria de la Modificación, se señalan los antecedentes, así como una descripción de la situación actual de Polígono del Vallegón y de cómo el promotor, SICAN SL., se hace eco de las necesidades de las empresas que debido a la singularidad de su actividad o proyecto industrial requieren unas determinadas condiciones urbanísticas.

A la vista de los antecedentes, con la información de la que se dispone y la documentación de este procedimiento de evaluación ambiental estratégica de la Modificación Puntual de planeamiento,
se concluye que ésta no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.

En el siguiente enlace se puede consultar, al completo, el anuncio publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria:

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=307756

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