Los centros educativos tomarán la temperatura al alumnado, personal docente y no docente antes del inicio de la jornada escolar y se permite la celebración de actividades extraescolares y el servicio de madrugadores, tardes en el cole o análogos siempre que no se rompan los grupos estables de convivencia y se cumplan el resto de medidas de prevención.
Son las principales novedades recogidas en la ‘Actualización al Protocolo General de Organización para el Desarrollo de la Actividad Educativa en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el Curso 2020-2021, de aplicación hasta el fin de la crisis sanitaria’, publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), tras la celebración el pasado jueves del encuentro conjunto entre la Conferencia Sectorial de Educación y el Consejo Interterritorial del Instituto Nacional de Salud.
En concreto, el texto indica que esta toma de temperatura se establece como “medida complementaria” a la comprobación diaria del estado de salud que se pide a toda la comunidad educativa, y a la que las familias se comprometen a través de la declaración responsable, que se mantiene.
Así, los centros podrán establecer la organización para la toma de temperatura más adecuada –en el aula o la entrada del centro- en función, principalmente, del número de alumnos. En todo caso, y para aquellos centros que establezcan la toma de temperatura antes del acceso al centro educativo, habrá de organizarse de tal modo que se eviten las aglomeraciones y se garantice el mantenimiento de una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros.
Sí se aconseja que la comprobación de la fiebre se realice antes de la entrada al recinto escolar para el alumnado exento de portar mascarilla, es decir, el primer y el segundo ciclo de Educación Infantil (las aulas de dos años y los alumnos de tres a seis años).
Siguiendo las instrucciones de Salud Pública, el protocolo establece que, con una temperatura igual o superior a 37,5 grados, el alumno o personal del centro no podrá permanecer en el mismo. En caso de que el dispositivo marque una temperatura igual o solo ligeramente superior, se repetirá la toma pasados cinco o diez minutos.
EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS
El protocolo reconoce expresamente que la prioridad de la administración educativa es el mantenimiento de la actividad lectiva presencial en condiciones de seguridad. Con todo, se reconoce que las necesidades de conciliación de las familias y el deseo de una formación integral del alumnado hacen necesario en muchos casos la participación de sus hijos/as en actividades complementarias y extraescolares y en servicios complementarios en los centros educativos.
En concreto, se suspenden las actividades complementarias dentro del centro que impliquen la entrada de personal ajeno al mismo. Esta decisión se revisará bimestralmente, en función de los datos epidemiológicos y en coordinación con Salud Pública. Y se suspenden también las de fuera de centro, a excepción de aquellas que puedan realizarse a pie desde el centro educativo y se celebren al aire libre.
Los servicios de madrugadores, tardes en el cole u otros servicios complementarios análogos podrán celebrarse, pero obligatoriamente habrán de respetar, además de las condiciones generales de prevención e higiene, la organización de los grupos de convivencia estable constituidos por los equipos directivos para la jornada lectiva. La explicación se detalla en el propio texto: el protocolo de actuación ante un eventual caso de COVID-19 implica la cuarentena de todo aquel alumnado que sea considerado contacto estrecho de un caso confirmado, por lo que romper los grupos de convivencia, además de dificultar el control de contactos e incrementar el riesgo de positivos, implicaría multiplicar sustancialmente los casos estrechos que habrían de guardar cuarentena ante un positivo.
Así, en el caso de que en un mismo espacio se acoja a alumnado de distintos grupos estables, estos grupos habrán de estar separados, en todo momento, por al menos tres metros. Y si participan de estas actividades alumnos/as de otros niveles no establecidos como grupos estables la separación de este alumnado con respecto a los grupos estables será también de tres metros. Por su parte, la distancia entre alumnos/as que no formen parte de grupos estables será de al menos 1,5 metros cuando lleven mascarilla y superior a los dos metros en los momentos en los que no la porten.
Además, el uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento para todo el alumnado, incluido el de 3 a 6 años, exceptuando, lógicamente, los momentos en los que se ingieran alimentos o bebidas.
Finalmente, y puesto que la mascarilla está contraindicada para menores de tres años, el alumnado de 2 años sólo podrá participar de estos servicios si se puede garantizar el establecimiento de un espacio separado (otra sala o, en su defecto, mamparas o dispositivos análogos). Dentro de ese espacio, si participan alumnos/as de dos años de diferentes grupos estables de convivencia, habrán de estar separados entre ellos por al menos tres metros.
Por último, el responsable de la organización de estos servicios (entidad, empresas, asociación…) deberá encargarse de limpiar y desinfectar los espacios utilizados después de su uso y, en todo caso, antes del inicio de la jornada lectiva.
ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
Por su parte, la celebración de actividades extraescolares se regirá por los mismos principios que el servicio de madrugadores en relación al mantenimiento de grupos estables, distancia interpersonal y desinfección y limpieza.
Además, la naturaleza concreta de cada actividad extraescolar implicará el establecimiento de medidas adicionales y específicas para cada una de ellas que, además, habrán de sumar el mantenimiento estricto de los grupos estables de convivencia.
Así, por ejemplo, las actividades extraescolares de carácter deportivo se celebrarán, siempre que sea posible, al aire libre; cada disciplina se regirá por el protocolo específico aprobado por la Federación correspondiente y, en su caso, por las directrices que fije el Consejo Superior de Deportes para el deporte no profesional y, además, se habrán de respetar los grupos de convivencia estable conformados para la jornada lectiva.
La consejera de Educación, Marina Lombó, ha explicado que “entiende perfectamente” las dificultades que estas medidas supondrán para la organización de servicios como madrugadores o para las extraescolares. Requisitos que, en algunos casos, supondrán necesariamente que algunas actividades “directamente no se puedan desarrollar”, pero defiende la necesidad de establecer unas medidas de prevención “homogéneas” en “todos los espacios y momentos de la vida en los centros”.
“No tendría ningún sentido exigir unas medidas de organización tan estrictas a los centros educativos, como la conformación de grupos estables de alumnado que no interactúen entre sí, para permitir a renglón seguido que en los propios centros se junten alumnos de distintos niveles y etapas”, ha dicho Lombó.