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LOS COMERCIOS CÁNTABROS DE MÁS DE 300 METROS, CONTARÁN EN 2017 CON DIEZ DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS DE APERTURA AUTORIZADA

Comercios calle Santander

12 DICIEMBRE 2016 /

El próximo jueves, 15 de diciembre, el Boletín Oficial de Cantabria publicará el nuevo calendario para 2017 por el que se establecen los domingos y días festivos en los que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados.

El calendario, aprobado por la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, cumple estrictamente lo contemplado en el artículo 14.3 de la Ley del Comercio de Cantabria, el cual establece que “el número máximo de domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de diez”, ya que la relación aprobada contiene exactamente diez fechas.

El consejero, Francisco Martín, ha manifestado que “se ha tratado de mantener el acuerdo al que se llegó por consenso tras las intensas negociaciones que se mantuvieron con los agentes socioeconómicos, cámaras de comercio y organizaciones empresariales, en el último trimestre de 2015, y que debía servir de guía para toda la legislatura”. Martín ha añadido que “el principio inspirador fue el de elegir los días más adecuados, tanto para la actividad comercial como para el consumidor, respetando los criterios establecidos en la Ley del Comercio de Cantabria”.

Tras mantenerse, por parte del director general de Industria, Comercio y Consumo, una nueva ronda de contactos con todos los afectados (asociaciones de comercio minorista, asociaciones de grandes empresas de distribución, asociaciones de supermercados, sindicatos, empresarios y cámaras de comercio), la Consejería ha fijado el calendario para 2017 atendiendo escrupulosamente al criterio de los dos festivos consecutivos, al de los periodos de rebajas y al de gran afluencia turística en Cantabria, así como el domingo correspondiente al ya famoso y consolidado black friday y, por último el día de jueves santo.

En concreto, el calendario para 2017, establece que los comercios podrán abrir el 8 de enero, 13 y 30 de abril, 23 y 30 de julio, 6 y 13 de agosto, 26 de noviembre y 24 y 31 de diciembre. La orden de la Consejería, que se publica en el BOC del 15 de diciembre, entrará en vigor el 1 de enero de 2017.

Con la designación de estas fechas, Francisco Martín, ha señalado que “queda asegurada la apertura en el periodo navideño y la Consejería es coherente con el acuerdo conseguido al comenzar la legislatura, además de cumplir estrictamente con el marco regulatorio de la apertura de festivos”.

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