9.3 C
Castro Urdiales
InicioDESTACADOSLOS PATINETES ELÉCTRICOS SÓLO PUEDEN USARSE A PARTIR DE 16 AÑOS, SIEMPRE...

LOS PATINETES ELÉCTRICOS SÓLO PUEDEN USARSE A PARTIR DE 16 AÑOS, SIEMPRE CON CASCO, CON ILUMINACIÓN, POR VÍAS URBANAS, UNA SOLA PERSONA Y SIN UTILIZAR AURICULARES O TELÉFONOS MÓVILES

AYER ENTRABA EN VIGOR LA NUEVA ORDENANZA DE TRÁFICO DE CASTRO URDIALES QUE INCLUYE NOVEDADES TAMBIÉN PARA BICICLETAS Y AUTOCARAVANAS

Una vez concluida toda la tramitación en cuanto a aprobaciones en pleno, periodos de exposición pública y resolución de alegaciones, ayer entraba en vigor la nueva Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento de Castro Urdiales cuyas principales novedades hemos repasado en Castro Punto Radio con el subinspector de la Policía Local, Antonio Arizmendi.

Ha recordado que uno de los principales objetivos de esta nueva normativa era actualizarla a la legislación vigente, que ha cambiado en varios aspectos en los últimos años y, al mismo tiempo, adaptarla también a la proliferación de nuevos vehículos de movilidad.

Precisamente en lo que tiene que ver con los Vehículos de Movilidad Personal (patinetes eléctricos) se encuentran algunas de las principales novedades de esta nueva ordenanza. Como ha explicado Arizmendi, “el número de accidentes en Castro en los que se vieron implicados este tipo de vehículos aumentó en 2024 con respecto a 2023 en un 300%”.

La nueva normativa recoge que “para todos los que se adquieran a partir de este momento, se deberá contar con certificado de circulación que expide la Dirección General de Tráfico. Los más antiguos tienen un periodo de moratoria”.

Por otro lado, “está prohibido su uso en personas menores de 16 años, con la excepción de que pueden hacerlo los de 15 que cuenten con el permiso para ciclomotores de hasta 49 centímetros cúbicos”.

Se establece como “obligatorio” el uso del casco y “es recomendable contar con un seguro de responsabilidad, aunque es algo aún no obligatorio pero que se está revisando a nivel estatal”.

Sólo pueden circular “por la calzada, carriles bici o aceras bici si las hubiera. En este último caso a un máximo de 15 kilómetros por hora y en los anteriores a 25”.

Está “prohibido transportar carga o circular dos personas en el mismo patinete”. No se pueden usar “con auriculares, utilizando el teléfono móvil o bajo los efectos de alcohol o drogas”.

Arizmendi ha recordado que, como ya regulaba una normativa superior “sólo pueden circular por vías urbanas, en ningún caso interurbanas”. Tienen que contar con “una luz blanca frontal, una roja trasera y un catadióptrico no triangular también rojo que tienen que ir encendidos siempre que vaya circulando. La luz de freno deberá ser diferenciada o combinada con la trasera. En situaciones de visibilidad reducida, el conductor deberá portar prendas de alta visibilidad y el patinete tiene que contar con timbre”.

En cuanto al estacionamiento, “deberá hacerse en las zonas habilitadas en calzada para el resto de vehículos o zonas habilitadas para bicicletas o motocicletas”.

En lo que respecta a los patinetes convencionales, los no eléctricos, “no se les considera vehículos por lo que sí pueden usar las aceras, pero nunca a más de seis kilómetros por hora y teniendo en cuenta que el peatón tiene siempre preferencia “.

En lo que tiene que ver con las bicicletas, la principal novedad en la ordenanza está relacionada con el estacionamiento. Y es que “no podrán aparcarla apoyada en árboles o mobiliario urbano cuando impidan su utilización principal, provoquen daños en el mismo u obstaculicen el paso y, en ningún caso, cuando haya aparcabicis disponibles a menos de 100 metros”.

Esta nueva normativa incluye la regulación de autocaravanas, camper o caravanas, fundamentalmente “pensando en la futura habilitación de zonas para su estacionamiento o acampada. Se recogen conceptos como dónde pueden y no habilitarse estos espacios y sus normas de uso”.

Ha recordado que estos vehículos pueden estacionar como cualquier otro mientras que no amplíen su perímetro mediante el despliegue de elementos propios y no ocupen la vía con útiles o enseres.

Por último, como ha señalado Arizmendi, se modifica el apartado sancionador y los importes aumentan a 500 euros las faltas muy graves, 300 las graves y 100 las leves.

TEXTO ÍNTEGRO DE LA NUEVA ORDENANZA DE TRÁFICO

En el siguiente enlace se puede escuchar o descargar la entrevista al subinspector de la Policía Local:

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

BUSCADOR DE NOTICIAS

ÚLTIMAS NOTICIAS

LO MÁS VISTO

Este sitio web utiliza cookies para que mejorar tu experiencia de usuario. Si continúas navegando estás dando tu consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pincha el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies