El único punto a tratar es precisamente el de constitución de la Corporación, cuestión que se abordará de acuerdo a los siguientes epígrafes:
1.- Constitución de la mesa de edad.
2.- Comprobación de credenciales o acreditación de la personalidad de los concejales electos a partir del acta de proclamación remitida al Ayuntamiento por la Junta Electoral de Zona.
3.- Constitución de la Corporación, previo juramento o promesa de sus miembros.
4.- Declaración de constitución de la Corporación.
5.- Elección y proclamación de alcalde. La votación se efectuará mediante el sistema nominal de llamamiento público, por orden alfabético de apellidos.
6.- Toma de posesión y proclamación, en su caso, del alcalde elegido en Castro Urdiales.