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SE SUSPENDE EL JUICIO CONTRA LOS EXALCALDES PEDÁNEOS DE MIOÑO Y LUSA GRACIAS A UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL ENTRE LAS PARTES

Echevarria y Alijo

25 ENERO 2016 /

El juicio que se iba a celebrar esta semana contra los expresidentes de las juntas vecinales de Mioño, Víctor Echevarría, y de Lusa, Antonio Alijo, por diversos delitos a raíz del contrato de arrendamiento de unos terrenos a la UTE Dícido, la empresa denunciante, para su explotación minera, ha quedado suspendido definitivamente, según ha explicado esta mañana a Castro Punto Radio el exalcalde pedáneo de Lusa, Antonio Alijo.

La Providencia de la Sección 3 de la Audiencia Provincial de Cantabria, notificada a las partes la pasada semana, tras anunciar la suspensión de la vista oral, dice textualmente lo siguiente:

“Se requiere a las partes a fin de que el próximo día 2 de mayo de 2016 presenten por escrito el resultado de las negociaciones extrajudiciales a las que aluden en el escrito presentado, tras lo cual, se acordará lo procedente”.

El escrito al que se refiere la Audiencia, fue presentado por los abogados de las dos partes unos días antes en sede judicial, e indicaba la existencia de un pre-acuerdo extrajudicial: “ambas partes coinciden en la imperiosa necesidad de disponer de unos meses para articular los términos del acuerdo y poner la práctica, en su caso, del mismo”.

El acuerdo se está redactando desde los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Castro Urdiales, y como líneas maestras supone que la UTE Dícido volverá a ser propietaria del contrato que se rescindió, en el que las dos juntas vecinales recibirán 3 millones de euros a partes iguales durante su periodo de vigencia, esto es, cinco años con opción a prórroga sin que supere los 20 años.

A cambio, se retiran todas las acciones judiciales que se habían emprendido contra los exalcaldes. Recordemos, por cierto, que la propia Fiscalía pedía la libre absolución de los acusados al no considerar probados los delitos.

Este contrato, suscrito en el año 2010, fue rescindido por parte de las juntas vecinales al no cumplir la UTE con su obligación contractual de aportar como pago inicial 1,5 millones de euros de una vez. Solo pagó 700 mil más la fianza de 450 mil, con lo que las pedanías lo suspendieron a los ochos meses de iniciarse, por incumplimiento.

Según manifestaba Antonio Alijo a este medio, ese dinero aportado por la UTE a las juntas, algo más de un millón de euros, “sirvió para el pago del gasto corriente” de las mismas.

Para el expedáneo de Lusa, la noticia del acuerdo extrajudicial es buena, no solo para Echevarría y él mismo como encausados, “sino también para las juntas, que recuperan una importante vía de financiación para los próximos años”, no en vano recuperarán los cerca de 2 millones de euros que restan por pagar del contrato, a razón de 250.000 euros al año, a repartir al cincuenta por ciento entre Mioño y Lusa.

En cualquier caso, el acuerdo tendrá que ser rubricado ya por los nuevos pedáneos de ambas localidades: Tomás Ortega (Mioño) y Santiago Cortés (Lusa).

DETALLES DEL JUICIO QUE SE HA SUSPENDIDO

La Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria iba a acoger esta semana, del martes 26 al jueves 28, el juicio contra los expresidentes de las juntas vecinales de Mioño, Víctor Echevarría, y de Lusa, Antonio Alijo, ambos socialistas, por supuestos delitos de estafa, apropiación indebida, prevaricación y coacciones a raíz del contrato de arrendamiento de unos terrenos a la UTE Dícido para su explotación minera.

La acusación particular, ejercida por el grupo empresarial Sadisa y Emilio Bolado, consideraba a Echevarría y Alijo autores de los citados delitos y pedía, para el primero, una pena de cinco años de cárcel y 9 de inhabilitación para cargo público por la supuesta estafa, y dos años de prisión por coacciones.

Y para Alijo solicitaba cinco años de cárcel y nueve de inhabilitación para cargo público por estafa, dos años de prisión por coacciones, y tres de cárcel y seis de inhabilitación por malversación.

Además, la acusación pedía una indemnización por 1,25 millones en concepto de responsabilidad civil.

La Fiscalía no consideró probados los delitos, por lo que, al igual que la defensa, solicitaba la libre absolución de los acusados.

Según la acusación particular, el objetivo del contrato era arrendar unos terrenos de las juntas vecinales a dicha Unión Temporal de Empresas para que éstas pudieran extraer y explotar económicamente durante un máximo de 20 años los restos minerales existentes en los citados terrenos, en suelo rústico de especial protección medioambiental y donde durante décadas existió una explotación minera. A cambio, y además de la renta, las sociedades de la UTE debían acometer la restauración ambiental y paisajística de los terrenos.

De acuerdo con los letrados de Sadisa y Emilio Bolado en base al contrato, los alcaldes de Mioño y Lusa idearon el modo de “estafar” a la UTE empresarial y apropiarse ilegítimamente de más de 1,2 millones (1.256.700 euros) para ingresarla en las cuentas bancarias de las Juntas primero, y hacerla desaparecer de las mismas después, “en cuestión de semanas” sin que se sepa con exactitud el destino de dicha cuantía, pues el medio usado para su distracción fue, según la acusación, la emisión y utilización “descontrolada” de numerosos cheques al portador.

Añade esta parte que los alcaldes “jamás” tuvieron la “mínima intención” de cumplir con un contrato que es, además, “de imposible cumplimiento”, pues las “verdaderas intenciones” de Echevarría y Alijo fueron “el mayor enriquecimiento posible” a costa de la UTE.

La Fiscalía, por su parte, considera que no ha resultado debidamente acreditado que los acusados, en su condición de alcaldes de Lusa y Mioño, dictaran resoluciones administrativas que “infringieran de forma palmaria” el ordenamiento jurídico administrativo, con la finalidad de “perjudicar injustamente” los intereses públicos o los de la parte contratante en el expediente de contratación hecho con la UTE Dícido.

Según el Ministerio Público, el contrato “no ha sido un puro artificio al servicio del fraude”, existiendo una “voluntad negocial real” por parte de las juntas y sus alcaldes. Así, para el fiscal, lo que ha existido es una “discrepancia contractual” entre las partes que suscribieron contrato, cuya resolución debe corresponder a la jurisdicción Civil.

Tampoco ha sido acreditado que los alcaldes imputados hayan integrado en su propio patrimonio dinero público alguno o hayan destinado el mismo a usos ajenos al interés público que debe presidir la labor de las juntas vecinales.

En la imagen, Alijo y Echevarría en su toma de posesión como alcaldes pedáneos en 2011.

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