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SENTENCIA DEL CASO SANTA CATALINA: PENAS DE INHABILITACIÓN DE 2.5 A 3.5 AÑOS PARA LOS EXALCALDES DÍAZ HELGUERA Y MUGURUZA Y SEIS CONCEJALES MÁS

3 OCTUBRE 2018 /

El Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha emitido la sentencia del juicio del “caso Santa Catalina”, causa abierta por Luis Acayro Sánchez en el año 2008 y que fue juzgada en septiembre del año pasado.

En una extensa sentencia de 111 páginas, firmada el pasado viernes, y notificada este miércoles por la magistrada Rosa Mª Gutiérrez Fernández, se condena al exalcalde Rufino Díaz Helguera, y a los exconcejales Joaquín Antuñano Helguera, Jose Miguel Rodríguez Lopez, Salvador Hierro Santurde, Concepción Carranza Ortiz, Santiago Velez Vitoria y Jaime Diez Muro, como autores de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal, y al exsecretario municipal Cesar Saiz Alonso, como cooperador necesario, así como al también exalcalde Fernando Muguruza Galán, como autor penalmente responsable de un delito continuado de prevaricación urbanística del artículo 320.2 del Código Penal, con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, por el retraso de casi un década en celebrarse el juicio.

A Rufino Díaz y Joaquín Antuñano se les condena a inhabilitación especial para el empleo o cargo público relacionado con funciones en el ámbito municipal de dos años y seis meses.

A José Miguel Rodríguez, Salvador Hierro, Concepción Carranza, Santiago Vélez y Jaime Diez Muro, se les condena a inhabilitación especial para el empleo o cargo público relacionado con funciones en el ámbito municipal de tres años.

A Fernando Muguruza, se les condena a inhabilitación especial para el empleo o cargo público relacionado con funciones en el ámbito municipal de tres años y seis meses, y 2.100 euros de multa, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Sin perjuicio de la reserva de las acciones correspondientes en el ámbito administrativo o de la jurisdicción contenciosa administrativa competentes, para la restauración de la legalidad urbanística, o la restitución, y en su defecto de no lograrse aquella, se condena a indemnizar conjunta y solidariamente al Ayuntamiento de Castro Urdiales en 282.371,79 euros.

También tendrán que abonar las costas procesales en distintos porcentajes cada uno de los condenados.

La sentencia absuelve a Juan Tomas Molinero Arroyabe, Pedro Restegui Rebolledo, Pablo Sopeña Trugeda y María Pilar Villanueva Alba, de los delitos por los habían sido provisionalmente acusados al haber sido retirada la acusación provisional contra los mismos, así como a los exediles Pedro Vicente Olano Helguera, Teresa Perez Barreda, Ángeles Blanquet Angulo, Javier Zurbano Basabe, Pilar Villanueva Alba, Paulino Jesús Lavín Cobo, del delito de prevaricación administrativa continuado por el que fueron acusados con declaración de las costas de oficio.

La sentencia no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

ACUSACIONES DE LA FISCALÍA

Recordemos que, en su informe final en la última sesión del juicio, la Fiscalía rebajó las penas que pedía a los acusados.

Los tres años de cárcel para Rufino Díaz, y seis para César Saiz inicialmente solicitados se redujeron a diez años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público. También se pedían 10 años de inhabilitación a los concejales de la legislatura 1999-2003 Joaquín Antuñano, Pedro Olano, Teresa Pérez, Angeles Blanquet, Javier Zurbano, Pilar Villanueva, Paulino Lavín, Jaime Díez Muro, Fernando Muguruza, José Miguel Rodríguez, Concepción Carranza, Salvador Hierro y Santiago Vélez.

En ese informe final, la fiscal reprochó al Ayuntamiento que no hubiera ejercido como acusación en este procedimiento pese a ser “el verdadero perjudicado” por la pérdida de 417 metros cuadrados de suelo reservado para equipamiento público en Santa Catalina, como consecuencia de la apertura en su lugar, de un vial que no estaba previsto en el Plan General de Ordenación Urbana.

CASO SANTA CATALINA

El “caso Santa Catalina” se abrió por un delito de prevaricación en el desarrollo urbanístico en esa zona, conocida como Unidad de Ejecución 1.34.

Según el fiscal, las presuntas irregularidades cometidas entre los años 2001 y 2008 en el desarrollo urbanístico de Santa Catalina, supusieron la privación de 2.000 metros cuadrados de terreno destinado a equipamientos públicos previstos en el PGOU, así como la apertura de un vial que no estaba recogido en el planeamiento, lo que calcula que puede ser un menoscabo patrimonial para el Consistorio de unos 2,4 millones de euros.

Imagen de una sesión del juicio celebrada en septiembre de 2017.

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