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SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS Y JUNTAS VECINALES PARA REHABILITACIÓN Y REURBANIZACIÓN DE GRUPOS DE VIVIENDAS

13 AGOSTO 2018 /

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda publica en el Boletín Oficial de Cantabria la orden por la que se convocan, para 2018, subvenciones dirigidas a Ayuntamientos y Juntas Vecinales de la Comunidad Autónoma de Cantabria destinadas a la financiación de los gastos de inversión, siempre que se cumplan una serie de condiciones, en obras de rehabilitación, reforma, reparación, conservación, mantenimiento y mejora sobre fachadas y espacios comunes exteriores de titularidad privada de grupos de viviendas visibles desde vía o espacio público y, complementariamente, hasta un determinado porcentaje, las obras de urbanización y reurbanización de su entorno y los gastos en honorarios de los profesionales intervinientes en la redacción de los proyectos, en informes técnicos y en los certificados necesarios.

Las condiciones a que se refiere el apartado anterior son:

a) Que se trate de grupos de viviendas que formen un conjunto homogéneo, entendiendo como tal a un conjunto de viviendas próximas entre sí y de características similares o que formen parte de un mismo núcleo urbano o barrio tradicional. No se considerará conjunto de viviendas a la suma de varias viviendas unifamiliares inconexas o que no conformen un barrio, núcleo, corraliega o análogo, aunque estén incluidas en único proyecto.

b) Que se trate de grupos de viviendas que tengan más de 15 años de antigüedad. En el caso de tener edades diferentes, todas tendrán que cumplir este requisito. Quedarán exceptuadas de este requisito aquellos grupos de viviendas que presenten graves deficiencias que no aconsejen dilatar en el tiempo su reparación.

c) En el caso de los espacios comunes exteriores de titularidad privada, que los mismos estén abiertos al uso público en general.

Los Ayuntamientos, para poder ser beneficiarios de las subvenciones, además de los requisitos anteriores, deberán haber remitido a la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención, el Censo anual de Edificios establecido en el apartado 2 del artículo 10 del Decreto 1/2014, de 9 de enero, por el que se regulan las condiciones y se crea el Registro de los Informes de Evaluación del Edificio.

El importe total de esta convocatoria asciende a 400.000 euros y el plazo de presentación de solicitudes es de un mes, contado a partir de mañana.

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