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TODOS LOS MUNICIPIOS DE CANTABRIA CONTINÚAN EN NIVEL 1 DE RIESGO BAJO POR COVID-19, CON LO QUE SE FLEXIBILIZARÁN LAS MEDIDAS SANITARIAS

A PARTIR DEL JUEVES SE PERMITIRÁ EL CONSUMO EN LAS BARRAS DE LOS INTERIORES DE LA HOSTELERÍA Y SE AMPLÍAN LOS AFOROS

La Consejería de Sanidad mantiene esta semana a todos los municipios de Cantabria en nivel de riesgo 1, dada la mejoría de todos los indicadores. La región en su conjunto continúa en nivel de alerta bajo y eso, sumado al avance de la campaña de vacunación, ha llevado a la Consejería de Sanidad a flexibilizar, a partir del próximo jueves, “de forma progresiva y prudente”, las medidas sanitarias establecidas.

Así, tal y como se establece en la modificación de la resolución del 11 de mayo que actualiza el semáforo COVID, publicada hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), a partir de las 00.00 de este jueves, 7 de octubre, se permitirá, en el nivel 1 de riesgo, el consumo en barra sentado o de pie dentro de los locales de hostelería y restauración, manteniendo siempre la distancia interpersonal.

El aforo máximo será del 75% en nivel 1 en las zonas interiores de los establecimientos de hostelería y restauración, incluidos los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, así como salones de celebraciones, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, salvo que se trate de convivientes.

En los niveles 2, 3 y 4, se mantiene la prohibición de consumir en barra, así como la música a alto volumen. En estos niveles, se podrá realizar el consumo sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, preferentemente mediante reserva previa. Eso sí, deberá asegurarse una distancia física de 1,5 metros entre personas y entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

Respecto al ocio nocturno, en nivel 1, se permitirá el consumo sentado en barra y en mesa, con un máximo de 10 personas por mesa. Sin embargo, en el nivel 2 de riesgo, el consumo en barra en los locales de ocio nocturno no está permitido.

La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como de los recintos al aire libre y de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales tendrán, en nivel 1, el 100% de su aforo, salvo que esté permitida la venta y/o consumo de comida y bebida, que deberá limitarse al 75%.

Por último, entre otras muchas medidas de flexibilización en diversos ámbitos, en la asistencia a público en eventos deportivos al aire libre se permitirá un aforo del 100%, salvo que en ellos se realice venta y/o consumo de comida y bebida que, al igual que en las actividades culturales, se limita al 75% del aforo máximo.

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