9 C
Castro Urdiales
InicioDESTACADOSEL 25 DE SEPTIEMBRE SE SORTEARÁN LOS 900 CÁNTABROS CANDIDATOS A FORMAR...

EL 25 DE SEPTIEMBRE SE SORTEARÁN LOS 900 CÁNTABROS CANDIDATOS A FORMAR PARTE DE UN JURADO

EL ABOGADO CASTREÑO CÉSAR CARRANZA DETALLA LOS PROCEDIMIENTOS QUE SE SIGUEN

El Boletín Oficial de Cantabria publica hoy el anuncio por el que se informa que el próximo 25 de septiembre, a las 11:30 horas en la Sala de Vistas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial se celebrará el sorteo de los 900 candidatos a formar parte de un jurado, un procedimiento que se lleva a cabo cada dos años entre todos los ciudadanos de la región inscritos en el censo electoral, en este caso, el vigente a fecha 1 de agosto de 2020.

Como ha explicado en Castro Punto Radio el abogado castreño César Carranza, los únicos requisitos que deben cumplir los seleccionados son “ser español, encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecinos de los municipios de la provincia y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función”.

A partir de ahí, una vez seleccionados esos 900 ciudadanos, se abre un periodo de alegaciones para justificar cuestiones de incompatibilidad. “Se trata en concreto de casos en los se tenga un puesto en la administración como cargo electo o personal muy relacionado con la justicia”.

Por otro lado, tienen prohibido ser jurado los procesados o condenados por algún delito y las personas que tengan interés directo en la causa que se esté juzgando en ese momento.

Como ha detallado Carranza, en el  momento que surge una causa y se decide que participe un jurado popular, “de los 900 elegidos inicialmente, se preselecciona un total de 36 candidatos. Tienen que rellenar una especie de cuestionario previo y, de entre ellos, se elige a nueve más dos suplentes, que serán los que formen parte del jurado definitivo”.

En el momento en el que “te notifican que formas parte de los 36, hay cuestiones que te excusan: ser mayor de 65 años, que hayas desempeñado funciones de jurado dentro de los cuatro años anteriores, las personas que sufran grave trastorno por cuestiones de cargas familiares, los que desempeñen un trabajo relevante de interés general, militares en activo cuando concurran razones de servicio y cualquier otra causa que dificulte de forma grave el desempeño”.

Entre los delitos para cuyo juicio se suele designar un jurado popular están los de “homicidio, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamientos de morada, incendios forestales, cohecho, tráfico de influencias o malversación de caudales”.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

BUSCADOR DE NOTICIAS

ÚLTIMAS NOTICIAS

LO MÁS VISTO

Este sitio web utiliza cookies para que mejorar tu experiencia de usuario. Si continúas navegando estás dando tu consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pincha el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies