16 MAYO 2016 /
El Ayuntamiento ha publicado el decreto por el que se aprueban las bases reguladoras correpondientes a las subvenciones para asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro destinadas a actividades culturales que se realicen en 2016, en régimen de concurrencia competitiva.
El objeto de estas ayudas es la promoción del tejido cultural del
municipio de Castro Urdiales, apoyando los proyectos culturales propuestos por asociaciones y agrupaciones sin ánimo de lucro, dentro de las siguientes áreas:
— Música, artes escénicas (teatro, danza), artes plásticas y visuales, cinematografía y producción audiovisual, cultura tradicional, ciencia y promoción del libro y la lectura, bien para actividades específicas o bien para programas anuales siempre que abarquen el año natural 2016.
— Organización de exposiciones, conferencias, debates, ciclos culturales y recreativos que se consideren de interés general para los ciudadanos.
— Publicaciones (libros, catálogos, memorias, folletos) que promuevan la cultura en todas sus vertientes.
Se excluyen las siguientes actividades:
— Las que hayan sido o puedan ser beneficiadas en otra convocatoria municipal.
— Las que atenten contra los derechos humanos y contra valores universales como la paz, la solidaridad, la igualdad, el respeto al medio ambiente, así como contra la democracia y el orden constitucional.
— Las que impliquen el uso de animales si ello pudiera ocasionarles cualquier tipo de maltrato, sufrimiento o puedan ser objeto de burlas o tratamientos indignos, sin excepciones.
— Las actividades cerradas o que pretendan el disfrute exclusivo del colectivo solicitante, así como aquellas cuyo ámbito de actuación sea sectorial o que no sean de interés general.
— Las que persigan ánimo de lucro.
— Los viajes e intercambios culturales.
— Las verbenas y actividades de animación festiva.
— No se admitirán solicitudes de las entidades que sean parte de un convenio de colaboración vigente con el Ayuntamiento de Castro Urdiales que incluya la concesión de una subvención.
— La solicitud de subvención de una federación de asociaciones excluirá la de sus integrantes por separado y viceversa, siempre que sea para el mismo proyecto.
— Tampoco podrán optar a estas subvenciones aquellos solicitantes que tengan deudas de cualquier tipo pendientes con la Hacienda municipal.
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación correspondiente será de quince días hábiles, a contar desde mañana, es decir, hasta el 26 de mayo.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de cuantía tal que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Además, el importe de la subvención concedida no podrá superar el 50% del proyecto ni será superior a 5.000 euros.
Para la selección de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios de adjudicación:
1. Contenido cultural:
— Calidad artístico-técnica, rigor, viabilidad y trayectoria del proyecto cultural (hasta un máximo de 20 puntos).
— Inexistencia o escasez de actividades culturales similares y complementariedad con los programas desarrollados por el área de Cultura del Ayuntamiento (hasta un máximo de 15 puntos).
— Contribución al fomento de la cultura local (hasta un máximo de 10 puntos).
— Grado de innovación de la actividad (hasta un máximo de 5 puntos).
2. Alcance:
— Número de actuaciones/intervenciones (hasta un máximo de 20 puntos).
— Previsión de público alcanzado (hasta un máximo de 15 puntos).
— Actividades gratuitas en pedanías (hasta un máximo de 15 puntos).
— Gratuidad para el público (hasta un máximo de 10 puntos).
— Extensión a fuera del municipio (hasta un máximo de 5 puntos).
3. Organización:
— Trayectoria, profesionalidad y experiencia de la entidad (hasta un máximo de 10 puntos.
— Colaboración o cooperación con otros colectivos culturales (hasta un máximo de 5 puntos).
— Medios de difusión propios (hasta un máximo de 5 puntos).
4. Otros méritos:
— Colaboración de la entidad con otras actividades del Ayuntamiento (hasta un máximo de 15 puntos).
— No disponer de local o sede municipal, y asumir los gastos corrientes del mismo en caso de tenerlo (hasta un máximo de 10 puntos).
Las solicitudes que no alcancen un mínimo de 80 puntos (de un total posible de 160) quedarán excluidas de la convocatoria.
La documentación a presentar y resto de detalles de la convocatoria aparecen en el siguiente enlace:
http://www.castro-urdiales.net/…/…/DOCUMENTOS/1/0_9854_1.pdf
Imagen de la Iglesia de Santa María y Castillo-Faro, donde se celebran gran parte de las actividades del municipio.