Se ha abierto el plazo para que los ciudadanos puedan realizar aportaciones, a través del Registro General o la sede electrónica del Ayuntamiento, en el procedimiento de aprobación de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente Frente a Ruidos y Vibraciones.
Con carácter previo a la elaboración de un Reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web municipal, recabando opinión de las personas u organizaciones potencialmente afectadas por la futura norma.
Opinión sobre los siguientes puntos concretos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con esta regulación. El ruido como problema de convivencia ha sido tradicionalmente un lugar común en las reclamaciones vecinales y ciudadanas en relación con el desarrollo de cierto tipo de actividades y usos que, vinculados a una producción de ruido indisoluble a su propia esencia de funcionamiento, han dado lugar a numerosas reclamaciones, demandas y otras situaciones de diversa índole en las que el problema final radica siempre en las afecciones al ciudadano por la invasión de su intimidad a través de una agresión acústica incontrolada en su alcance.
La Protección del Medio Ambiente frente a ruidos y vibraciones está regulada en diversa normativa, incluyendo una Ordenanza Local.
b) La necesidad y oportunidad de aprobación de una Ordenanza de estas características. Desde el Ayuntamiento se considera preciso aprobar una nueva Ordenanza Municipal de Protección frente al Ruido y las vibraciones, que sustituya la antigua, que no recoge las últimas modificaciones normativas, lo que hace necesario su modificación íntegra.
c) Los objetivos de la norma. Tal y como se plantea en este momento el Ayuntamiento, es preciso incorporar la nueva legislación ambiental relativa a la protección del Medio Ambiente frente a Ruidos y Vibraciones.
d) Soluciones alternativas y no regulatorias. En este momento este ayuntamiento sí entiende necesaria la aprobación de una nueva norma regulatoria. Por todo ello, esta Ordenanza se plantea como un nuevo documento municipal de apoyo a la vida cotidiana del municipio y sus vecinos en cuanto que establece las formas de control de los límites en las emisiones acústicas que hayan de tener lugar en edificios e instalaciones que, por su uso, necesariamente han de producir ese tipo de contaminación sonora que tanta afección tiene sobre la tranquilidad de las personas y sobre la propia salud humana.
La Ordenanza de protección frente al Ruido y las Vibraciones pretende, por un lado, adecuar su contenido a la nueva legislación vigente al respecto y, por otro, ajustarla también a las singularidades de su propio ámbito de aplicación, esto es, el municipio de Castro Urdiales.
Con todo, se propone esta nueva Ordenanza como un primer paso dirigido a la mejora de las condiciones generales de la convivencia ciudadana desde estos parámetros de aislamiento e insonorización acústica, para que, a través de su tramitación administrativa pública alcance los necesarios estándares de protección frente a un problema social de plena actualidad como es el de la contaminación sonora por ruidos y vibraciones.
En definitiva, se presenta ante las personas u organismos potencialmente interesados, un trámite de consulta previa para recabar su opinión sobre estas cuestiones durante un plazo prudencial de 15 días naturales.
Posteriormente el texto que se redacte, seguirá un curso procedimental de aprobación provisional y definitiva, abriéndose durante los mismos el correspondiente periodo de información pública.