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APROBADAS DEFINITIVAMENTE LAS MODIFICACIONES DEL IBI Y LA TASA DE POLICÍA TRAS SU PUBLICACIÓN HOY EN EL BOC

Arcos Portada Ayuntamiento (Salvador Barquín)

27 FEBRERO 2015 /

El Ayuntamiento de Castro Urdiales publica en el Boletín Oficial de Cantabria el anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal 6.16 reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Especiales por la Policía Local y la Ordenanza Fiscal número 1, reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Habiéndose formulado alegaciones dentro del plazo de exposición al público de los citados acuerdos y resueltas las mismas en sesión plenaria del día 23 de febrero de 2015, los acuerdos se elevan a definitivos, procediéndose a la publicación del texto íntegro de los cambios aprobados:

ORDENANZA FISCAL Nº 1, REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

Se modifica el apartado 1 del artículo 8 de la Ordenanza Fiscal quedando redactado como se establece a continuación:

Artículo 8.
1. El tipo de gravamen será el 0,526% cuando se trate de bienes inmuebles urbanos.

ORDENANZA FISCAL Nº 6.16, REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS ESPACIALES POR LA POLICÍA LOCAL

Se introduce un artículo 7, quedando redactado de la siguiente manera:

EXENCIONES
Artículo 7.
Quedan exentos de la tasa recogida en el artículo 4.15 por emisión de informes de residencia, convivencia y otros, los sujetos pasivos que soliciten los mismos por los siguientes motivos:

— Acceso a prestaciones económicas de la cartera de servicios del ICASS (ayudas individuales, ayudas de emergencia social, Renta Social Básica, Pensiones no contributivas….).
— Acceso a prestaciones de emergencia social municipal.
— Aquellos casos que se valore técnicamente por profesionales del Departamento de Servicios Sociales, para tramitación de servicios y/o prestaciones como SAD, TAD, catering, subir y bajar, informe arraigo, informes sociales de otras instituciones.

Contra las referidas Ordenanzas y sus modificaciones podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOC.

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