El Ayuntamiento de Castro publica en el Boletín Oficial de Cantabria el Decreto de Alcaldía por el que se convocan subvenciones deportivas 2020 mediante régimen de concurrencia competitiva, para la actividad ordinaria y extraordinaria de los clubes sin ánimo de lucro.
Podrán solicitar subvenciones los clubes sin ánimo de lucro constituidos de acuerdo con la legislación vigente e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas dependiente de la Dirección General de Deporte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, que tengan su domicilio social en el municipio de Castro Urdiales.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ordenanza los clubes que sean beneficiarios de Subvención Nominativa en virtud de la firma del correspondiente Convenio; Automovilismo, motociclismo e hípica, son modalidades que suponen un alto coste económico concentrado en pocos participantes, por lo que quedan excluidas de las subvenciones de carácter ordinario, no afectando a los gastos originados por la organización de eventos deportivos de carácter extraordinario.
Tampoco podrán ser objeto de subvención las ediciones de revistas, folletos, carteles de signos, fundamentalmente, propagandísticos para la entidad solicitante.
Serán subvencionables las actividades ordinarias y extraordinarias de carácter deportivo de acuerdo con la convocatoria específica tal y como se describe a continuación:
– Ordinarias: Serán subvencionables las actividades de fomento de la formación específica y promoción deportiva y que, por su proyección e interés, coincidan con los objetivos del Ayuntamiento de Castro Urdiales, o que participen en competiciones o ligas de carácter oficial, reguladas por la correspondiente Federación de ámbito autonómico, o estatal. Estas ayudas se distribuirán con carácter anual y en función de las actividades ordinarias llevadas a cabo.
– Extraordinarias: Serán subvencionables la organización y realización de actividades deportivas de carácter extraordinario consideradas de interés por el Ayuntamiento de Castro Urdiales.
También tendrán la consideración de carácter extraordinario aquellas actividades deportivas realizadas por la entidad que, no tratándose de su actividad ordinaria, se deriven de ella, incluyéndose fases de ascenso a categorías superiores, reposiciones especiales de material y otros.
El importe a conceder durante el año 2020 tendrá la cuantía máxima de 90.000 euros y se podrán presentar solicitudes en el plazo de 20 días a contar desde la publicación de este anuncio.
ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Por otro lado, se publica también el decreto por el que se convocan subvenciones a Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro para la realización de Programas de Carácter Social durante el año 2020
Podrán solicitar subvenciones las Asociaciones, Entidades o Colectivos, sin ánimo de lucro, prestadoras de servicios, que estén debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, según su naturaleza, del Ayuntamiento de Castro, con una antigüedad mínima de 6 meses, anteriores a la publicación de la presente convocatoria y del Gobierno de Cantabria.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta Ordenanza las Entidades o Asociaciones que desarrollen actividades lúdicas, viajes o aquellos programas que estén desprovistos de claro valor social.
El procedimiento de concesión de subvenciones será el de concurrencia competitiva, mediante el cual la concesión de las subvenciones se realizará tras la valoración y comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una relación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en la presente convocatoria.
El crédito total destinado a la concesión de subvenciones tendrá la cuantía máxima de 35.000 euros. Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales a contar desde la publicación hoy del anuncio en el BOC.