El Ayuntamiento de Castro no tendrá que pagar a Ascan los 2,1 millones de euros que la empresa reclamaba por un desequilibrio en el servicio de gestión del agua entre los años 2014 y 2016.
La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado la inadmisión a trámite del recurso de casación preparado por la representación procesal de ASCAN WATER SERVICES, S.L y ASCAN EMPRESA CONSTRUCTORA Y DE GESTIÓN, S.A., contra la Sentencia de 17 de octubre de 2019, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
La inadmisión a trámite se acuerda “por incumplimiento de lo establecido en el artículo 89.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al no fundamentarse, con singular referencia al caso, que concurran alguno o algunos de los supuestos que permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y sin que se aprecie el planteamiento de un problema jurídico que trascienda del cariz marcadamente casuístico que presenta el litigio, en el que el debate de fondo se circunscribe a la valoración que de las concretas circunstancias fácticas que concurren en el asunto que nos ocupa”.
Se trata de una resolución firme, fechada el 14 de enero, contra la que no cabe recurso, y que acuerda la imposición de costas procesales a la recurrente (Ascan) hasta el límite de 2.000 euros por todos los conceptos, más IVA si procede.
En el siguiente enlace, la resolución al completo del Tribunal Supremo: