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BEGOÑA VEGA, LA ABOGADA CASTREÑA QUE HA REPRESENTADO A LA MUJER QUE COBRARÁ UNA INDEMNIZACIÓN POR SU TRABAJO EN EL HOGAR

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17 ABRIL 2017 /

Como informamos hace unos días, la Audiencia Provincial de Cantabria ha reconocido a una mujer, Iciar Sabarte, el derecho a recibir una indemnización de 23.628 euros de manos de su exmarido por el trabajo doméstico que desempeñó durante el periodo de convivencia.

El tribunal de apelación confirmaba de este modo la sentencia dictada ya el pasado año por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Castro Urdiales, que estimó la demanda de la exesposa.

La abogada de esta mujer es la castreña Begoña Vega, con la que hoy hemos tenido la ocasión de hablar en Castro Punto Radio. Se ha mostrado sorprendida por la repercusión mediática, a nivel nacional, que ha tenido esta resolución judicial. “No lo esperábamos porque nos centramos tanto en el trabajo que no ponderamos la repercusión y el impacto que podía tener”.

Sobre la sentencia en sí, esta abogada ha señalado que “lo hemos peleado a muerte porque, si bien hay una artículo en la Código Civil que prevé este tipo de indemnización, no es sencilla de conseguir porque se tienen que dar una serie de peculiaridades que no se dan en todos los casos”.

En éste en particular, se da la circunstancia de que “la pareja se separó legalmente, con lo que cesaron los bienes gananciales. Años después se reconciliaron, pasando por el Juzgado, y volvían a estar casados. No obstante, no vuelven los gananciales a menos que expresamente lo quieras indicar así. A partir de aquel momento, estaban casados en separación de bienes. Cuando se produjo el segundo divorcio, la mujer se dio cuenta de que no le correspondía nada del segundo periodo de convivencia, pese a que había una importante cantidad de dinero que le habría correspondido de estar en régimen de gananciales”.

Sí se consiguió una pensión compensatoria e “intentamos negociar el tema de los bienes pero el exmarido no quería ofrecer nada”. En ese momento, “acudimos al artículo del Código Civil que prevé que el trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas del matrimonio y dará derecho obtener una compensación”.

Como ha relatado Vega, en un primer momento se pidió una indemnización de unos 32.000 euros pero, “no por las bases reguladoras, sino por el periodo de convivencia. Intentamos demostrar que habían estado conviviendo antes de la fecha de la reconciliación judicial, pero la jueza no lo dio por probado y por eso nos dieron menos dinero de lo que pedíamos”. En este punto, la abogada castreña ha hecho alusión a un sentencia semejante, dictada en su día por el Supremo, en la que “en vez de aplicar la mitad de la base reguladora de las empleadas del hogar, aplicó el 100%”. Ahora bien, “el caso era distinto porque era una abogada que había dejado de trabajar para hacerse cargo de la labores domésticas”.

En el caso de Iciar Sabarte, “la Audiencia de Cantabria estimó el 50% porque ella también se ha beneficiado de sus propias labores. Fuimos prudentes y no quisimos arriesgar porque, al final, las costas son importantes”.

Vega ha dejado claro que “era muy evidente que era ella la que se encargaba de las tareas del hogar”. De hecho, su exmarido, “contrató a una empleada cuando se separó la primera vez y prescindió de ella tras la reconciliación, con lo que era evidente que la mujer desempeñaba ese papel íntegramente”. A esto se une que “10 años antes, tras la primera separación, la mujer estaba en disposición de poder trabajar y, de hecho, estaba empleada limpiando una casa. Cuando se reconciliaron, ambos decidieron que dejase el trabajo y que lo hiciera en su propia casa”.

Se trata de una sentencia que ha reabierto un debate social y que “puede sentar un precedente importante”, según Begoña Vega.

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