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CONDENADO A DOS AÑOS Y MEDIO DE PRISIÓN POR OCASIONAR GRAVES TRAUMATISMOS A UN HOMBRE EN 2012 EN CASTRO

SALESAS OK OK

20 JUNIO 2016 /

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años y medio de prisión, y una indemnización de casi 125.000 euros, a un hombre que asestó un puñetazo en la mandíbula a otro hombre, quien cayó al suelo, se golpeó la cabeza y quedó inconsciente.

Como resultado de tales hechos, ocurridos en el exterior de un pub en Castro Urdiales en abril de 2012, la víctima sufrió traumatismo craneoencefálico grave, traumatismo costal y neumotórax, entre otras lesiones.

Además, le han quedado secuelas importantes, como la pérdida de los sentidos del gusto y del olfato, cefaleas, vértigos, alteraciones del sueño, acúfenos y agravación de una patología previa de trastorno de la personalidad.

Tales secuelas le han supuesto una invalidez laboral permanente y, en palabras del propio tribunal, “una general incidencia muy relevante en su día a día”.

En una sentencia dictada recientemente, la Audiencia descarta condenar al acusado por un delito de lesiones agravadas, tal y como solicitaban el ministerio fiscal y la acusación particular, con peticiones de pena de ocho y diez años de prisión, respectivamente.

Según el tribunal, si bien como consecuencia de los hechos enjuiciados la víctima perdió dos sentidos, el golpe “por sí mismo no causa graves lesiones, ni aparece como susceptible de producirlas”, sino que “es la caída posterior, con el importante traumatismo cráneo-encefálico derivado de la misma, la que da lugar al gravísimo resultado lesivo producido”.

La Audiencia también señala que “no puede afirmarse que el acusado aceptase que la víctima padeciera una grave lesión o la pérdida de alguno de los sentidos, ni que ello fuese la consecuencia previsible de su acción”.“Podría admitirse –añade- la previsión de la caída como consecuencia propia de un puñetazo o manotazo, pero no de que esta caída iba a producir un impacto muy violento contra el suelo, con los posteriores efectos derivados de ello”.

Por tanto, el tribunal condena al agresor por un delito de lesiones -por el puñetazo- en concurso ideal con un delito de lesiones por imprudencia -por el resultado de la caída-, a dos años y medio de prisión.

Se trata de la pena máxima solicitada por las acusaciones, que alternativamente pidieron que fuera condenado por sendos delitos de lesiones y de imprudencia.

Según señala el tribunal, para decidir tal condena se ha tenido en cuenta “la gravedad del hecho, su resultado, así como la conducta del acusado, agrediendo sin motivo aparente y ausentándose del lugar en cuanto consuma la agresión”.

Además de la pena de cárcel, deberá indemnizar a la víctima con 124.718 euros, cantidad solicitada por el fiscal y la acusación particular atendiendo al año y medio que tardó en curar de las heridas (valorado en 36.110 euros) y las secuelas que le han quedado y que le han supuesto una invalidez laboral permanente (valoradas en 88.608 euros).

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