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DECAE DEFINITIVAMENTE EL PROYECTO ‘HIDROCALERAS’, LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA REVERSIBLE QUE SE PRETENDÍA CONSTRUIR ENTRE LAS ANTIGUAS MINAS DE MIOÑO Y EL MAR

LA EMPRESA PROMOTORA RENUNCIA YA QUE "LOS ESTUDIOS MUESTRAN QUE EXISTEN GALERÍAS COLAPSADAS QUE ELEVAN EL RIESGO Y LA INCERTIDUMBRE, AFECTANDO A LA VIABILIDAD DEL PROYECTO"

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha remitido un escrito al Ayuntamiento de Castro Urdiales en el que resuelve archivar, por desistimiento expreso del propio peticionario, el expediente relativo a la solicitud de Hidroeléctrica Hidrocaleras S.L. de concesión de ocupación de 2.647 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre, con destino a la instalación de una toma y vertido de agua de mar para el funcionamiento de una central hidroeléctrica reversible en el término municipal de Castro Urdiales.

En los antecedentes se recuerda cómo “mediante oficio de fecha de 19 de junio de 2023, la Demarcación de Costas en Cantabria informa de que, con fecha de 13 de junio de 2023, tuvo entrada en el Registro de la Demarcación de Costas en Cantabria escrito suscrito con fecha de 12 de junio de 2023 por el representante de la mercantil Hidrocaleras, S.L., Javier Hidalgo González, por el que se renuncia expresamente a la presente solicitud de concesión, alegando lo siguiente:

‘Durante estos últimos dos años, se han ¡do realizando diferentes estudios y análisis respecto a las condiciones geológicas del terreno. Estos estudios han incluido análisis geológico-geotécnicos, histórico de movimientos mediante técnicas lnSAR, estudios de exploración y topografía y estudios geofísicos.

Los resultados de los estudios muestran varias zonas de posibles galerías de explotaciones mineras pasadas debajo del vaso. No existe una evidencia clara y absoluta sobre las dimensiones de estas galerías, pero resultados de los estudios muestran que existen zonas colapsadas que elevan el riesgo y la incertidumbre, afectando a la viabilidad del proyecto'”.

La empresa promotora del proyecto aportaba las siguientes consideraciones:

“a. El expediente se tramita conforme al procedimiento establecido en el artículo 152 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre.

b. El artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece lo siguiente:

1. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

2. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.

3. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.

4. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.

5. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado y seguirá el procedimiento”.

HISTORIA DEL PROYECTO

El proyecto de construcción de una central hidroeléctrica reversible entre las antiguas minas de Mioño y el mar data del año 2009. Mediante Resolución del Ministerio de 7 de diciembre de 2011 fueron sometidas a la aceptación del peticionario Hidroeléctrica Hidrocaleras, S.L. las condiciones y prescripciones por las que se podría otorgar la concesión de referencia. En dicha Resolución se establecía como condición previa al otorgamiento de la concesión que deberían aportarse las autorizaciones ambientales y urbanísticas determinadas por el Ayuntamiento de Castro Urdiales en su informe de 24 de febrero de 2010.

Mediante nueva Resolución ministerial de fecha 25 de junio de 2012, se informó
favorablemente una primera ampliación de plazo de nueve meses para el cumplimiento de la citada condición previa establecida de 2011, y el 9 de diciembre de 2013, se informó favorablemente una segunda ampliación de plazo de doce meses para el cumplimiento de la referida condición previa. Aún así, seis años después, el 21 de octubre de 2019, se concedió una tercera ampliación de plazo de 24 meses, y el 15 de noviembre de 2021, una cuarta de 18 meses.

Por otra parte, el 15 de octubre de 2020 el peticionario concretó que se presentó ante la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Gobierno de Cantabria, borrador del Proyecto Singular de Interés Regional (PSIR) y borrador de Informe Ambiental Estratégico (IAE) para iniciar el procedimiento de evaluación ambiental.

El 28 de enero de 2021, la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio formuló Documento de alcance del estudio ambiental estratégico, publicándose la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria el 5 de febrero de 2021.

Con fecha 6 de marzo de 2021, la mercantil Cobra Infraestructuras Hidráulicas,S.A. adquiere el 80% adicional del capital social de la mercantil mercantil Hidroeléctrica Hidrocaleras, S.L., totalizando el 90% del capital social de la misma. En ese momento se hace mención a la complejidad técnica y administrativa del proyecto y a que el periodo de pandemia provocado por la COVID-19 había dificultado el avance de los estudios requeridos.

En relación a la solicitud de una cuarta ampliación del plazo para dar cumplimiento a la condición previa establecida por el Ministerio en 2011, y habida cuenta del tiempo trascurrido desde entonces, el peticionario debería presentar una propuesta motivada del plazo definitivo que estima necesario para dar cumplimiento de la referida condición previa.

La Demarcación de Costas requirió a Hidrocaleras el 21 de marzo de 2023 para que, en el plazo máximo de dos meses, presentase la documentación indicada anteriormente, con advertencia expresa de que en caso de no recibirse respuesta, se le entenderá desistido de su solicitud, declarándose concluido el presente expediente y procediéndose a su archivo.

A esa solicitud de Costas, la peticionaria no respondió, con lo que se otorgó un nuevo trámite de audiencia el 31 de mayo de 2023.

Finalmente, el 13 de junio, Hidrocaleras remitió el escrito aludido al inicio de esta noticia por el que se renunciaba expresamente a la presente solicitud de concesión.

Imágenes del área donde se iba a construir la central y los planos:

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