El Gobierno de Cantabria está trabajando en la reforma de la Ley de 2002 para poder aplicar una tasa a todas aquellas personas rescatadas por los servicios de emergencias que incurran en una imprudencia o negligencia.
Recordamos que, en las últimas semanas, han sido numerosos los rescates efectuados con helicóptero y otros medios, algunos de ellos en el municipio de Castro Urdiales.
Como ha explicado en Castro Punto Radio la directora general de Interior del Ejecutivo regional, Jezabel Morán, la actual normativa “no ha resultado de aplicación en ningún momento por el hecho de que establece que debe existir dolo o negligencia. Dos conceptos jurídicos que quedan indeterminados en el documento y que son difíciles de concretar por los técnicos”. Por eso, “se ha decido establecer unas circunstancias objetivas que determinen el hecho imponible de una tasa” que, ha dejado claro que, “no tiene carácter recaudatorio sino disuasorio y que pretende evitar actividades que generen riesgos y que provoquen la actuación de los servicios de emergencias”.
En la nueva normativa, “van a quedar claros los supuestos que deben evitarse por parte de los que realizan las actividades en el mar o la montaña”. Como ha explicado Morán, la tasa se aplicará “siempre que se realice la actividad en un lugar prohibido y señalizado, cuando haya un aviso meteorológico adverso (naranja o rojo) previo al rescate y que incremente el riesgo, cuando no se hayan cumplido los trámites legales previos para obtener autorización para el desarrollo de la actividad, y siempre que el sujeto esté realizando la actividad sin el equipamiento adecuado, como en casos de espeleología, senderismo y otras prácticas que requieran un equipo especial”.
Las tasas que se aplicarían en caso de que se demuestre la negligencia “son las mismas que recoge la normativa actual. Se establecen en función del personal y los medios técnicos que se emplean. Por ejemplo, la salida durante la primera hora del helicóptero son 1.906 euros y la misma cantidad por cada segunda hora o fracción. Por intervención de una dotación completa de un parque de emergencia, son 381 euros por hora y la misma cantidad por cada segunda hora o fracción”.
Estarán exentos de abonar esta tasa los menores de 16 años y “estamos estudiando si incluir en este grupo a personas que tengan algún tipo de discapacidad que les impida ser conscientes del peligro de la actividad que están realizando”. No obstante, “aún hay que valorar si se les incluye o no”.
Lo que ha llevado al Gobierno de Cantabria a modificar una normativa que data de 2002 y que se ha demostrado inoperativa, ha sido “el aumento de los ciudadanos que realizan actividades en el mar o la montaña. Queremos promover que en nuestra comunidad autónoma se sigan realizando, pero que la gente que acceda lo haga en condiciones de formación e información adecuadas y con el equipamiento necesario”.
Morán ha detallado que “nuestra idea es incluir esta propuesta en la Ley de presupuestos de forma que, cuando estén aprobados, entre en vigor”.
El de emergencias “es un servicio público que presta el Gobierno de Cantabria y que, independientemente del número de rescates, está preparado para cubrir cualquier circunstancia”. Ahora bien, “también se somete a un riesgo a los integrantes de ese equipo de emergencias y esta tasa pretende ser disuasoria para evitar también poner en riesgo a otras personas, promoviendo que se cumplan unas medidas mínimas de seguridad”.