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EL GOBIERNO DECRETA UNA MORATORIA EN LA RENTA DE ALQUILER DE LOCALES Y OFICINAS PARA TODAS LAS PYMES Y AUTÓNOMOS

LA UNIÓN DE CONSUMIDORES DA TODOS LOS DETALLES

Enrique Solís, abogado de la Unión de Consumidores de Cantabria, ha detallado en Castro Punto Radio algunas medidas puestas en marcha por las administraciones públicas en lo que tiene que ver con aliviar las presiones económicas que tienen los pequeños empresarios que, en algunos casos, han tenido que cerrar sus negocios y en otros registran importantes pérdidas, pero que, sin embargo, tienen que seguir haciendo frente a determinados pagos, como los suministros o alquileres.

En relación a esto último, el alquiler de los locales que acogen sus negocios, Solís ha detallado el Decreto de 22 de abril “que modifica sustancialmente la situación de estos arrendamientos”.

De esta forma, aquellos arrendadores que tengan más de 10 inmuebles o locales en propiedad “están obligados a llegar a un acuerdo de moratoria por un plazo máximo de cuatro meses, durante los cuales, el inquilino no pagará renta. Posteriormente, tendrá dos años, con fraccionamiento, para abonar el dinero correspondiente a estos cuatro meses”.

Si el propietario no fuese un gran tenedor, es decir, no tuviese más de 10 propiedades, “se puede llegar a un acuerdo de pago e incluso el pequeño empresario puede destinar lo que pagó de fianza en su momento a abonar el alquiler. Después tendrá un máximo de un año para volver a reintegrar la fianza”.

Para acogerse a estas posibilidades, “el autónomo tiene que acreditar que ha tenido pérdidas de, al menos, el 75% de sus ventas”.

CARBURANTES

Al margen de este asunto y sobre el precio del barril de petróleo, que se ha desmoronado, lo que se ha traducido en un descenso en el precio del combustible en las estaciones de servicio. Sin embargo, “el margen de beneficio que una gasolinera recibe de sus ventas es muy pequeño porque un porcentaje importante  va destinado a los impuestos. Por ese motivo, que el precio del combustible pudiera bajar más aún, dependería de que el Estado bajara los impuestos, algo que no se ve venir porque las cosas no están como para reducir tributos”.

PRECIOS DE PRODUCTOS SANITARIOS Y ALIMENTACIÓN

En los últimos días también se está hablando de la intención del Gobierno de regular el precio de productos como las mascarillas o los geles hidroalcohólicos, algo que no entrará en vigor “hasta que la orden ministerial se publique en el Boletín Oficial del Estado. Cuando eso pase, no se podrá vender a un precio superior a lo marcado en este documento”.

Se pueden dar entonces varias circunstancias. “Como el precio que las farmacias han pagado a sus suministradores por estos productos es superior, puede que estos establecimientos no vendan estos productos a no ser que el Gobierno subvencione esa diferencia de precio”.

Por otro lado, “puede haber farmacias que reciban denuncias por parte del consumidor cuando se detecte que el precio de venta es superior al publicado en el Boletín Oficial del Estado”.

En cuanto a la venta de productos en establecimientos de alimentación, según Solís, “a día de hoy no se han detectado abusos en los precios”. Ahora bien, “cuando se levante el estado de alarma y los ciudadanos tengan más libertad para trasladarse a las oficinas municipales o a asociaciones, puede que se registre un gran volumen de denuncias de este tipo”.

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