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A PARTIR DEL 21 DE SEPTIEMBRE, NO SE PODRÁN PAGAR LAS TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO DE CANTABRIA EN LOS CAJEROS DE LIBERBANK

18 SEPTIEMBRE 2018 /

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha revocado a la entidad colaboradora en la gestión recaudatoria del Gobierno de Cantabria (Liberbank) la autorización de 22 de julio de 2005 para recaudar Tasas y Precios Públicos del Gobierno de Cantabria, a través de sus cajeros automáticos, mediante tarjetas de crédito y o débito. Una medida que tendrá efectos a partir del día 21 de septiembre de 2018.

Como se recoge en un anuncio publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria, con fecha 22 de julio de 2005, el director general de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera del Gobierno de Cantabria autorizó a Liberbank
a prestar el servicio de recaudación de Tasas y Precios Públicos a través de cajeros automáticos en base a la orden por la que se establecen los requisitos que deben cumplir las entidades de crédito colaboradoras para la autorización de la recaudación de Tasas y Precios Públicos a través de cajeros automáticos.

Se explica que Liberbank ha decidido, unilateralmente y sin autorización del Gobierno de Cantabria, habilitar el pago de estas tasas públicas mediante dinero en efectivo a través de sus cajeros.

Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la eficiencia y operatividad de los procedimientos correspondientes al servicio “se ha requerido a la entidad financiera para que cesara en dicha recaudación en metálico y, en tal caso, procediera a la incorporación de la identificación de los sujetos pasivos en el pago de Tasas y Precios Públicos del Gobierno de Cantabria que se realicen en efectivo a través de sus cajeros automáticos”.

Liberbank “ha comunicado que no puede incorporar la identificación de los sujetos pasivos ni eliminar la recaudación en metálico en los cajeros automáticos para este tipo de colaboración”.

Con todo, se resuelve revocar a Liberbank la autorización para recaudar Tasas y Precios Públicos del Gobierno de Cantabria a través de sus cajeros automáticos.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda y Empleo en el plazo de un mes desde que se reciba la notificación. El recurso podrá presentarse ante la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera o ante el consejero de Economía, Hacienda y Empleo (C/ Hernán Cortés, 9. 4ª planta. Santander).

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