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PUBLICADOS EN EL BOC LOS CRITERIOS REGULADORES DE LA BOLSA DE GRATIFICACIONES POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DE LOS BOMBEROS

POR OTRO LADO SE EXPONE AL PÚBLICO LA MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA PLANTILLA PARA LA RECLASIFICACIÓN DEL SUBGRUPO C2 AC1

El Ayuntamiento de Castro publica en el Boletín Oficial de Cantabria el acuerdo por el que se establecen los criterios reguladores de la bolsa de gratificaciones de servicios extraordinarios en el servicio de extinción de incendios.

Se justifica la adopción del presente Acuerdo en:

a) La necesidad de garantizar durante todo el año la dotación mínima establecida de un cabo y dos bomberos-conductores así como la planificación de los refuerzos con ocasión de festividades y acontecimientos especiales, dadas las limitaciones establecidas en la normativa presupuestaria para la creación de nuevas plazas,

b) La aplicación del artículo 30 del Convenio-Acuerdo Marco de este Ayuntamiento que establece como cauce ordinario de compensación de los servicios extraordinarios el descanso; hasta la creación, dotación y provisión de nuevas plazas han de adoptarse las medidas necesarias que permitan el normal funcionamiento del servicio, estableciendo un horizonte temporal de tres anualidades.

Quedarán vinculados a la Bolsa los miembros del servicio de extinción de incendios (bomberos-conductores, cabos, sargento y jefatura) que, individual y voluntariamente,  comuniquen a través del Registro del Ayuntamiento su adhesión a la misma, suponiendo su compromiso con las presentes condiciones.

Quien siendo requerido respetando la antelación mínima, no acuda al servicio por causa no justificada, pasará al último lugar del listado. Quien falte a dos requerimientos sin justificación será excluido de la Bolsa durante 12 meses.

Se crea una Comisión de Seguimiento de composición paritaria entre representantes de la Administración y del personal, que contará con un miembro de cada Sección Sindical con representación en la Junta de Personal la cual resolverá las discrepancias comunicadas por las partes implicadas en el presente Acuerdo, que no hayan podido ser resueltas internamente.

El plazo de vigencia del Acuerdo será de un año, prorrogable tácitamente por dos periodos anuales hasta el 31 de diciembre de 2025. El Acuerdo se extinguirá automáticamente en esa fecha.

Por otro lado, el pleno de Castro acordaba el pasado 6 de marzo modificar la plantilla de personal y Relación de Puestos de Trabajo de la plantilla de extinción de incendios para la reclasificación del  subgrupo C2 al C1.

En el Boletín Oficial de Cantabria se publica el anuncio por el que se somete el acuerdo a  información pública por plazo de quince días con el fin de que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este Acuerdo de aprobación inicial.

Contra la aprobación definitiva de la modificación se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Contra la aprobación de la modificación de la relación de puestos de trabajo que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

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