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EL RECURSO DE APELACIÓN DE LA CONDENADA POR EL ASESINATO DE JESÚS MARI BARANDA SE CELEBRARÁ EL PRÓXIMO MARTES

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) tiene previsto celebrar el próximo martes día 14, a partir de las 10 de la mañana, la vista para abordar el recurso de apelación de la condenada por decapitar a su pareja en Castro Urdiales.

La Audiencia Provincial impuso el pasado diciembre a la acusada, Carmen Merino, 15 años de cárcel por un delito de homicidio por la muerte de Jesús María Baranda, cuyo cráneo apareció en 2019 dentro de un paquete que ella entregó meses antes a una amiga suya para que se lo guardase en su casa, alegando que escondía juguetes sexuales.

En la vista del martes, la defensa expondrá sus argumentos para tratar de obtener una sentencia absolutoria, mientras que la fiscalía y la acusación particular informarán sobre los mismos.

Entre las razones que se exponen en el recurso de apelación planteado, se encuentra la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia, ya que, a juicio de su defensa, “se da una ausencia total de prueba de cargo que permita afirmar que la causa de la muerte del hombre fuese violenta y no natural o accidental”.

Añade la defensa que no se ha podido determinar la causa de la muerte ni tampoco la etiología médico-legal de la misma.

Como segundo motivo, razona que corresponde dictar una sentencia absolutoria porque, en su opinión, se han vulnerado los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.

Y ello porque considera que la sentencia recoge como hechos probados “elementos fácticos que no figuran ni han sido declarados probados en el veredicto por el jurado”.

El tercero de los motivos que figura en el recurso de apelación es la vulneración del derecho a la presunción de inocencia porque “se da una ausencia total de prueba de cargo que permita afirmar que la acusada ‘participó como autora’ en la muerte” de su pareja.

Finalmente, la defensa plantea que de no atenderse a los anteriores motivos se entienda que se ha aplicado indebidamente la autoría, ya que habría que considerar la participación de la mujer como cómplice, no como autora directa.

En este caso, de no considerarse el resto de motivos que darían lugar a una sentencia absolutoria, el abogado de la mujer solicita que se la condene como cómplice del delito de homicidio.

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