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EL AYUNTAMIENTO DA DE PLAZO HASTA EL VIERNES PARA QUE COMERCIO Y HOSTELERÍA RETIREN LAS TERRAZAS Y OTROS ELEMENTOS UBICADOS EN VÍA PÚBLICA SIN AUTORIZACIÓN

PASADO ESE DÍA “SE PROCEDERÁ A INCOAR EXPEDIENTE SANCIONADOR”

El Ayuntamiento de Castro Urdiales, para paliar los negativos efectos económicos derivados de la pandemia ocasionada por la COVID-19 toleró la ocupación de la vía pública en un grado superior al deseable por parte de los establecimientos comerciales y de hostelería.

Durante este tiempo, “no sólo se ha realizado una ocupación de los viales y plazas superior a la autorizada, sino que son varios los establecimientos que han venido instalando toldos, paravientos e incluso veladores en las calles, sin disponer de la preceptiva autorización”, señala el Consistorio en nota de prensa.

La Alcaldía dictó con fecha 26 de octubre de 2021 un Bando en virtud del cual se recordaba a los titulares de establecimientos hosteleros y comerciales que la ocupación del espacio público no debía superar la superficie autorizada.

La resolución antedicha “no sólo no se ha cumplido por un importante número de establecimientos, sino que son varios los que ocupan el dominio público con mayor intensidad, habiendo ampliado sus terrazas e instalado paravientos, toldos y elementos análogos”.

Habiendo cambiado las circunstancias reflejadas en el párrafo primero, que permitieron una ocupación con un grado de intensidad superior al admisible, “el Ayuntamiento ha de ejercer las acciones necesarias en defensa del patrimonio público y del derecho del común de los ciudadanos a ocupar y disfrutar de los espacios públicos”.

En base a cuento antecede y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, corresponde a esta Alcaldía la adopción del presente Bando:

Primero. Se recuerda la necesidad de contar con autorización o licencia municipal para ocupar la vía pública con terrazas, toldos y demás mobiliario o enseres, en los términos dispuestos en la Ordenanza reguladora de las Terrazas en Espacios de Uso Público.

Segundo. Se ordena la inmediata retirada de las terrazas, toldos, paravientos, enseres y demás mobiliario instalado sobre la vía pública para los que no haya sido concedida previa autorización o licencia municipal.

Tercero. Advertir a los ocupantes de la vía pública con paravientos, toldos y demás mobiliario, para el que no cuenten con la previa licencia o autorización municipal, que a partir del próximo viernes, día 22 de abril de 2022 si no están retirados, el Ayuntamiento procederá a incoar expediente sancionador, de acuerdo con lo previsto en los artículos 19 a 24 de la Ordenanza reguladora de las Terrazas en Espacios de Uso Público; y a retirar a costa del ocupante, de forma cautelar e inmediata el reseñado mobiliario, procediendo a su depósito en lugar designado para ello.

Se encomienda a los efectivos de la Policía Local velar por el diligente cumplimiento de la Ordenanza reguladora de las Terrazas en Espacios de Uso Público, adoptando las medidas necesarias para el cumplimiento de tal fin.

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