El Boletín Oficial del Estado publicaba anoche el Real Decreto-ley por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. La prioridad de la regulación contenida en esta norma es, limitar al máximo la movilidad.
En base a este Decreto, el Ayuntamiento de Castro resuelve suspender en su totalidad la actividad presencial en todas las dependencias municipales, salvo la que derive de los servicios públicos esenciales, que se consideran los siguientes:
a) Policía Local.
b) Bomberos y Protección Civil.
c) Asuntos Sociales y Centro de Información a la Mujer (CIM).
Se considera personal administrativo mínimo imprescindible que desempeñará sus
funciones presencialmente para el correcto funcionamiento de los servicios públicos esenciales:
a) Servicio de Atención al Ciudadano (un auxiliar administrativo y un conserje).
b) Departamento de Informática (un efectivo presencial).
Todo el personal, independientemente de que ya esté prestando sus servicios en la
modalidad de teletrabajo u otras, deberá estar disponible para ser requerido en cualquier momento para la prestación de tareas presenciales, con excepción de aquellas personas que se encuentren en situación de aislamiento domiciliario por COVID-19.
Podrán adoptase las medidas que se consideren precisas en materia de jornada de trabajo
y descanso, permisos, licencias y vacaciones y reducciones de jornada.
Se acuerda publicar esta resolución en la página web municipal y dar traslado del contenido de la misma, a través del correo corporativo, para general conocimiento y dar cuenta al Pleno del contenido de la misma en la próxima sesión ordinaria que celebre.