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EL GOBIERNO REGIONAL ESTABLECE EL TOQUE DE QUEDA DE 1 A 6 DE LA MADRUGADA EN CASTRO Y EN OTROS 52 MUNICIPIOS DE CANTABRIA

ADEMÁS, SE PROHIBE LA VENTA DE ALCOHOL EN GASOLINERAS Y COMERCIO MINORISTA A TODA LA POBLACIÓN A PARTIR DE LAS 8 DE LA TARDE

El agravamiento de la 5ª ola de la pandemia en Cantabria ha provocado que el Gobierno regional haya adpotado nuevas medidas restrictivas para intentar atajar la avalancha de contagios.

Tal y como ha anunciado el consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, se establecen dos grupos de medidas:

PRIMER GRUPO: Limitación de venta de alcohol a todos los ciudadanos a partir de las 8 de la tarde en los establecimientos minoristas y estaciones de servicio.

Es una restricción adoptada en otras Comunidades Autónomas, y se establece para poner dificultad al acceso inmediato de alcohol de cara a los botellones.

La medida es de aplicación inmediata, para todo el ámbito regional de Cantabria, de duración indefinida, y se irá modificando en función de la situación epidemiológica.

No afecta a la hostelería, siempre que la venta en este tipo de establecimientos sea para el consumo en el local.

SEGUNDO GRUPO DE MEDIDAS: son de carácter municipal y limitadas en el tiempo, inicialmente 14 días. Se establecen en 53 municipios de Cantabria, entre ellos Castro Urdiales y Guriezo.

Se trata de la limitación de la movilidad de 1 a 6 de la madrugada (toque de queda): no se podrá circular por la calle salvo las excepciones habituales, ni podrá haber grupos de más de 6 personas en domicilios o ámbitos privados, salvo convivientes.

Es una medida condicionada a que sea autorizada por los órganos judiciales, a los que se les trasladará hoy, y una vez aprobada, se publicará en el BOC para su entrada en vigor. En caso de que los tribunales cántabros rechacen esta resolución, el Gobierno regional acudirá de urgencia al Tribunal Supremo.

Los parámetros utilizados para decidir a qué municipios se les aplica este segundo grupo de restricciones o no, son los siguientes:

  • IA (incidencia acumulada) global a 7 días superior a 125.
  • IA a 7 días de la población de 15 a 25 años, mayor de 500. Se establecen esas edades ya que suponen el 37.5% de los hospitalizados.
  • IA a 7 días de la población mayor de 40 años superior a 125.
  • Casos con variante delta: uno o más casos en el municipio.
  • Positividad de las pruebas (porcentaje que sale positivo de las que se hacen): umbral mínimo del 15%.

En los municipios de más de 5.000 habitantes, estas medidas se han adoptado cuando se cumplan dos de estos 5 indicadores. Los de menos de 5.000 habitantes tienen que cumplir tres.

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