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GURIEZO FIJA UN SUELDO DE 40.803 EUROS BRUTOS ANUALES PARA LA ALCALDESA

El Ayuntamiento de Guriezo  publica en el Boletín Oficial de Cantabria el acuerdo sobre determinación de los cargos que se desempeñarán en régimen de dedicación exclusiva y fijación de sus retribuciones.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de fecha 25 de junio de 2020, adoptó acuerdo cuya parte dispositiva es la siguiente:

1-Determinar que el cargo de Alcaldía, realice sus funciones en régimen de dedicación exclusiva total, por los siguientes motivos: “Dada la complejidad del Consistorio, a la vista de las múltiples actuaciones urbanísticas, actuaciones en materia de montes, numerosos servicios existentes y el incremento de la población que se ha experimentado en los últimos años”.

2- Establecer que las retribuciones que a continuación se relacionan, se percibirán en catorce pagas (doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre), y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda. Siendo la retribución anual bruta a establecer al importe de 40.803 euros.

3- Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de Cantabria el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento.

4-Realizar el alta en la Tesorería General de la Seguridad Social con efectos de la Sesión de Organización a celebrar.

Al margen de este asunto, Guriezo publica también la resolución de la alcaldesa, María Dolores Rivero, de nombramiento de Tenientes de Alcalde.

Como ya informamos en su momento, Adolfo Izaguirre Ruiz (PP) será primer teniente de alcalde; Mª Ángeles Peña Puente (Somos Guriezo), segundo teniente de alcalde y Narciso Ibarra Garay (Vecinos por Guriezo), tercer teniente de alcalde.

A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir a la alcaldesa en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite el ejercicio de sus atribuciones.

En la imagen, María Dolores Rivero junto a Adolfo Izaguirre y Narciso Ibarra en el Pleno en el que se votó la moción de censura.

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