Nueva sección en Castro Punto Radio sobre asesoramiento jurídico con el abogado Alberto Leonardo, del bufete castreño LBS Abogados. El tema abordado hoy ha sido la Ley de Segunda Oportunidad, “que permite la liberalización de la deuda”. En concreto, “se instauró en 2015, precedido por la crisis económica de que arrancó en 2007, de cara a recuperar a esos empresarios y emprendedores que atravesaban por una mala situación, no derivada de una mala gestión, sino de la coyuntura económica”.
Se trata de un asunto en “materia concursal” que se rige por “un procedimiento judicial en el que el deudor es sometido a un control y fiscalización de sus bienes y derechos para ver de qué forma puede pagar su deuda. El excedente, eso que no pueda abonar, sería el capital a exonerar”.
Es una Ley que, en 2015 “se introduce con deficiencias y eso ha ido motivando diversas problemáticas de interpretación, dependiendo de la comunidad autónoma, en temas, por ejemplo, relacionados con la exoneración de las deudas con las administraciones públicas como Hacienda o Seguridad Social”.
Precisamente por eso, “se redacta un texto refundido de la Ley Concursal, dando competencia al Gobierno para hacerlo y armonizar en un único texto esa dispersión normativa que hay sobre la materia”.
El problema es que “muchos entendemos que el texto se excede de esas competencias e introduce el blindaje del crédito público (la deuda que hay con las administraciones) de forma que los jueces, si interpretan que ha habido exceso, pueden no aplicar ese artículo”.
El efecto práctico es “de nuevo, distintas interpretaciones”. Con todo, “se está tramitando el Proyecto de Ley en el Congreso y esperemos que haya modificaciones”.