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LOS CONTROLES EN CARRETERAS SE INTENSIFICAN ESTE PUENTE PARA EVITAR DESPLAZAMIENTOS A SEGUNDAS RESIDENCIAS

EN CANTABRIA SE HAN INSTRUIDO CASI 10.000 SANCIONES Y 185 PERSONAS HAN SIDO DETENIDAS POR INCUMPLIMIENTOS DEL ESTADO DE ALARMA

La Policía Nacional y la Guardia Civil, con el apoyo de las policías locales y en coordinación con la Dirección General de Tráfico (DGT), van a intensificar entre este jueves, 30 de abril, y el domingo, 2 de mayo, los controles en las principales carreteras y en los accesos a los municipios de Cantabria para vigilar y evitar que se realicen desplazamientos indebidos, especialmente a segundas residencias, tal y como informa la Delegación del Gobierno en Cantabria.

Para interceptar a aquellos que, de forma insolidaria, traten de trasladarse a segundas residencias incumpliendo con ello las medidas decretadas en el Estado de Alarma y que continúan en vigor, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realizarán controles en accesos y salidas de las autovías A-8, tanto en la confluencia con el País Vasco como en la de Asturias, y en la A-67, que une Cantabria con la Meseta, en concreto con la provincia de Palencia.

También habrá controles, tanto fijos como móviles, en múltiples carreteras nacionales y autonómicas que dan acceso a las principales poblaciones y comarcas de la región, con especial atención a lugares donde se concentran segundas residencias, así como zonas de acceso a parajes naturales a los que, se recuerda, no se puede acudir ni a pasear ni a hacer deporte.

Desde que entró en vigor el Estado de Alarma hasta ayer jueves, 29 de abril, en Cantabria se han instruido un total de 9.764 propuestas de sanción por incumplimientos del Real Decreto y se ha detenido a 185 personas por incumplimientos graves.

Solo en la jornada de ayer, la Policía Nacional, la Guardia Civil y las Policías Locales de Cantabria levantaron 142 actas de sanción y detuvieron a una persona.

Con el Estado de Alarma en vigor, se puede salir de la vivienda para la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, o la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. También están considerados desplazamientos necesarios y, por tanto permitidos, acudir al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, el retorno al lugar de residencia habitual, ir a entidades financieras y de seguros o cualquier otra actividad e análoga naturaleza.

Asimismo, y desde el pasado 26 de abril, los menores de 14 años pueden salir a la calle con unas condiciones establecidas por el Ministerio de Sanidad. Pueden salir acompañados de un adulto durante una hora al día, en un horario amplio para evitar aglomeraciones (entre las 9.00 y las 21.00 horas), a una distancia de un kilómetro alrededor de su domicilio y sin acceder a espacios recreativos infantiles al aire libre o instalaciones deportivas.

El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas. Durante el mismo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene recomendadas.

La persona que acompañe a los menores deberá ser mayor de edad, convivir en el mismo domicilio que el niño o niña actualmente, o ser un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

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