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EL TRIBUNAL DE CUENTAS DA LA RAZÓN AL AYUNTAMIENTO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO CON EROSKI

ENTIENDE QUE “NO SE DERIVA DAÑO A LOS FONDOS PÚBLICOS MUNICIPALES”, COMO DENUNCIABA EL CONCEJAL DEL PRC, JESÚS GUTIÉRREZ

El Tribunal de Cuentas, en un auto firmado por la Consejera de Cuentas, Margarita Mariscal de Gante, ha decretado el archivo de las Diligencias Preliminares abiertas como consecuencia del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Castro de 10 de diciembre de 2020 sobre el cumplimento del acuerdo con Eroski, en el que se ordenaba “remitir cautelarmente el expediente el Tribunal de Cuentas a los efectos de garantizar, en su caso, la indemnidad de las arcas públicas y asegurar, si procediere, la responsabilidad de los concejales y funcionarios que pudieran haber participado”.

Posteriormente, el concejal del PRC, Jesús Gutiérrez Castro, presentó una segunda denuncia en la que se concretaba que “el Decreto del Concejal de Urbanismo, actuando por delegación de la alcaldesa, de fecha 4 de junio de 2020 que declaró el cumplimiento del convenio por la empresa a cambio de 84.000 euros sin realizar unas obras inicialmente previstas, causó un daño a los fondos públicos municipales en 7.204.713 euros”.

El Ministerio Fiscal, a la vista de la documentación presentada, considera que “no consta en ella la existencia de elementos indiciarios de alcance, por lo que solicita igualmente el archivo de las diligencias preliminares”.

La Fiscalía señala que “el expediente remitido se centra en el Decreto dictado por el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, Obras y Servicios y Accesibilidad y Movilidad el 4 de junio de 2020, que declaró cumplido el Convenio del Ayuntamiento mencionado con la entidad Eroski al ser de imposible realización parte de su contenido, consistente en la construcción de un centro comercial, y que acordó establecer por ello una prestación indemnizatoria a cargo de la entidad de 84.000 euros, que constan abonados, al no poder acceder los comerciantes de la localidad a los locales comerciales que debían haber sido construidos a un precio reducido, como preveía el convenio”.

Añade que “en la documentación que forma parte del expediente constan repetidos informes del Técnico de Administración General de Urbanismo, del Vicesecretario, del Secretario y del Interventor sobre dicho decreto y su contenido, todos los cuales afirman su corrección, al resultar imposible legalmente el cumplimiento de las prestaciones no realizadas por la entidad privada, y que afirman el cumplimiento por ella de las prestaciones de contenido económico con relevancia para los fondos y el interés público.”

A la vista del escrito presentado por Gutiérrez Castro, el Ministerio Fiscal ha ratificado su solicitud de archivo de las actuaciones al entender que, “tras el análisis de la nueva documentación remitida no se ha acreditado la existencia de hechos constitutivos de responsabilidad contable”.

En el auto, el Tribunal de Cuentas señala que “tanto el Ayuntamiento de Castro Urdiales, en su escrito presentado el 22 de febrero de 2021, como el Ministerio Fiscal, en sus escritos de 27 de enero y 19 de febrero de 2021 entienden que de los hechos a que se refieren estas Diligencias Preliminares no se deriva daño a los fondos públicos municipales. Solamente el escrito presentado por Jesús Gutiérrez Castro el 9 de febrero de 2021 alega que se ha producido dicho perjuicio. Ahora bien, atendiendo a las alegaciones de este último escrito, el perjuicio a los fondos públicos que se denuncia no reúne los caracteres exigidos en el artículo 59.1 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCU)”.

En consecuencia, “esta Consejera de Cuentas, en coincidencia con el criterio del Ministerio Fiscal, considera que los hechos objeto de estas diligencias preliminares no constituyen un supuesto responsabilidad contable por alcance, por lo que procede, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.2 de la LFTCU, decretar el archivo de las actuaciones”.

El contenido completo del auto:

AUTO TRIBUNAL DE CUENTAS CONVENIO EROSKI

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